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El voto concordante demuestra que la decisión final del TDC sobre la Nueva Sogecable fue manipulada

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Según se conocen más datos de la votación del TDC sobre la absorción de Vía Digital, surgen nuevas sospechas sobre la actuación del presidente del Tribunal. Paradójicamente, el voto concordante emitido por Franch Meneu, fundamental para el «sí» a la absorción, lo que pide es que la Nueva Sogecable se convierta en un mero carrier tecnológico neutral.

Conviene hacer un resumen del proceso que ha seguido el expediente de la integración de las plataformas digitales de Telefónica y Sogecable, desde que llegó a la sede del TDC hasta la aprobación de la «fusión digital», gracias al voto decisivo del presidente del Tribunal.

1. El TDC nombró para cada caso un ponente, pero como se trataba de un caso especial se nombró una comisión compuesta por Gonzalo Solana (presidente) y Luis Martínez Arévalo y Miguel Comenge Puig (vocales-técnicos).

2. Esa comisión presenta una propuesta al pleno del TDC en la que se insta a la prohibición de la absorción, al considerar que la nueva platajunta obtendría un monopolio perfecto con el 95 por ciento de la cuota de mercado. Esta ponencia contó con el voto en contra de Solana, que empezó entonces a erigirse como el gran defensor de la operación dentro del TDC.

3. El pleno rechaza la propuesta, por cinco votos a cuatro. Otra vez con la actuación clave del presidente del TDC que desequilibra la balanza con un nuevo apoyo a la absorción.

4. El pleno recibe una nueva propuesta con las diez famosas condiciones. Es aprobada por cinco votos (Francisco Javier Huerta, Antonio del Cacho, Julio Pascual, Gonzalo Solana y José Juan Franch Meneu) a cuatro (Miguel Comenge Puig, Luis Martínez Arévalo, Antonio Castañeda Boniche y María Jesús Muriel Alonso).

5. Los cuatro vocales que votan en contra emiten un voto particular discrepante que coincide con la ponencia inicial. Además, Franch Meneu emite un voto concurrente en el que da su visto bueno a la operación, pero poniendo énfasis en el concepto de la Nueva Sogecable como mero soporte tecnológico de canales.

La sorpresa ha saltado, una vez más, tras conocerse el contenido del voto particular concordante que emitió Franch Meneu. El miembro del TDC asegura que la operación debería declararse improcedente si no se asume la primera de las condiciones: «Sogecable deberá garantizar que un porcentaje significativo de los canales emitidos a través de su plataforma de televisión sea propiedad de terceros. La determinación concreta del porcentaje y las condiciones de acceso deberían ser establecidas por el Gobierno en base a criterios equitativos, transparentes y no discriminatorios».

Franch asegura que no basta con las diez condiciones fijadas, sino que es necesario establecer que la plataforma actúe como un carrier tecnológico neutral, en el que Sogecable cobraría un peaje y además se subastarían los canales de pago por visión. Incluso aporta datos concretos de cómo se tendría que llevar a la práctica esta condición: cada canal del paquete básico cobraría, en condiciones no discriminatorias, entre un 30 por ciento y un 60 por ciento de las cuotas de los abonados. El resto lo ingresaría Sogecable en concepto de peaje. Además, propone que los canales de pago adicional y los de pay per view (cine y fútbol) se subasten al alza a partir de un mínimo. Estas aportaciones no vienen reflejadas en las diez condiciones que finalmente impuso el TDC.

Telecinco recurrirá la absorción de Vía Digital si se aprueba según las condiciones del TDC

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La cadena privada ha lanzado un claro aviso al Gobierno. Si se concede el monopolio de la televisión de pago a Polanco con las condiciones fijadas por el TDC, «se verá obligado» a recurrir la operación. Además, ha señalado que «el voto particular de todos los integrantes técnicos de TDC» coincide con las tesis que defiende Telecinco en contra de la Nueva Sogecable.

Telecinco ha anunciado que «se verá obligado» a recurrir la posible absorción de Vía Digital por parte de Sogecable, «si se aprueba» con las condiciones impuestas por el Tribunal de Defensa de la Competencia la semana pasada. En un comunicado, la cadena efectúa una valoración del dictamen en contra elevado por los vocales técnicos al Tribunal de Defensa de la Competencia, que publicó en primicia Libertad Digital, y señala que «el voto particular de todos los integrantes técnicos de TDC es unánime al convenir que la operación resulta esencialmente inaceptable, calificación técnica que coincide con la que viene manteniendo Telecinco desde el principio».

Telecinco expone dos condiciones para no verse obligado a recurrir la posible fusión: que Sogecable no pueda vender derechos en abierto a favor de Antena 3 o, mejor, que no pueda comprar derechos en abierto. Además, pide que se establezca la libertad de acceso de la plataforma monopolista. La cadena considera que la primera de éstas condiciones «podría incardinarse sin problemas en la condición sexta (del dictamen del Tribunal de Defensa de la Competencia) que, inexplicablemente, se refiere tan sólo a las series de ficción».

La cadena añade que «encontrarían su apoyo en la condición Décima, con respecto a la cual el voto técnico ha dicho que la fuerte presencia de Telefónica en el capital y consejo de administración de Sogecable crea un vínculo estructural que deja la puerta abierta a la concertación sin necesidad de convenios particulares». En el comunicado también se apunta que la segunda condición, la libertad de acceso a la plataforma, «viene apuntada por la condición primera y ampliamente razonada y justificada en otro voto particular».

El sector audiovisual está en vilo por la ambigüedad del dictamen sobre la fusión

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Incertidumbre por la decisión del Gobierno de que un mismo accionista no participe en dos TV.

La cuenta atrás ha comenzado y los operadores más directamente afectados por la fusión digital entre Sogecable y Vía Digital, sobre la que el Gobierno decidirá previsiblemente el próximo 13 de diciembre, toman posiciones ante lo que se considera como un dictamen del Tribunal de Defensa de la Competencia lo suficientemente ambiguo como para dar lugar a interpretaciones diversas. Analistas consultados destacan como duras para Telefónica y Prisa las condiciones que acortan la duración de las exclusivas de cine y fútbol, y la imposiblidad de suscribir más alianzas.

El decálogo de condiciones incluido en el dictamen del Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC) que aprobó la semana pasada la integración de Vía Digital en Sogecable, ha provocado una gran incertidumbre en el sector, que coincide en líneas generales en la ambigüedad de algunas de las disposiciones del Tribunal. Así, una mayoría cualificada del sector audiovisual advierte que la dureza o blandura atribuida a las condiciones impuestas a la fusión dependerá, en último término, de cómo aplique el Gobierno la letra pequeña de las citadas condiciones. El único que parece tenerlo claro es el ministro de Ciencia y Tecnología, Josep Piqué, que horas después de conocerse las condiciones del Tribunal de la Competencia dijo que eran «realmente duras». Ayer, incluso, no descartó que el Gobierno decida antes del 13 de diciembre, fecha límite marcada por la ley.

Una semana después de conocido el dictamen, y según cuál sea la línea central de negocio de cada uno de los operadores afectados por la operación, así varía el grado de satisfacción con el Tribunal. En este contexto, analistas independientes consulta- dos por LA RAZÓN consideran que para Telefónica, propietaria del 48,6 por ciento de Vía Digital, será difícil de aceptar, e incluso directamente inaceptable, la limitación que impone el TDC para que Sogecable no suscriba acuerdos o alianzas «con cualquier empresa del grupo Telefónica y viceversa, en el ámbito de los medios de comunicación, al margen de la fusión».

De igual forma, los analistas consultados entienden que Telefónica valorará también la «dureza» de la séptima condición, que insta a Sogecable a «comprometerse a no comercializar de forma conjunta la oferta de la nueva plataforma con la de ADSL de Telefónica, ni a discriminar la venta de sus contenidos al ADSL de Telefónica frente a otros proveedores de Internet». Esta disposición, que condiciona enormemente a futuro el desarrollo de un negocio en plena expansión -la televisión a través del ordenador-, es valorada como una condición preventiva que, quizá y en función de la demanda de contenidos de los futuros consumidores, puede acabar pesando como una losa en el ADSL.

En cuanto a Sogecable, las fuentes del sector contactadas resaltan que el principal inconveniente que la plataforma presidida por Jesús de Polanco vería a los condicionamientos impuestos se refieren a la duración de los contratos de las exclusivas de cine -limitadas a un año- y fútbol -reducidas de cinco a tres años-. En el caso de los contratos con los grandes estudios norteamericanos, la limitación a un año desde los diez actuales queda lejos de los cuatro años que se esperaban como más probables en el entorno de Sogecable.

El sector pone como ejemplo de la ambigüedad del dictamen del TDC, la primera de las condiciones, que se refiere a la apertura de la nueva plataforma a terceros canales independientes. Nada dice el Tribunal de porcentajes obligatorios, de la nacionalidad de los canales a incluir o de los precios a cobrar, por citar sólo tres ejemplos.

Por otra parte, en la guerra, cada vez menos encubierta, que mantienen los cableoperadores y las plataformas por satélite, Ono, la compañía de cable presidida por Eugenio Galdón, encabeza las reivindicaciones de los cableros. Ayer, Richard Alden, consejero delegado de Ono anunció que su empresa seguirá instando al Gobierno a que apruebe la fusión «con condiciones más favorables para el cable», informa Europa Press. Alden manifestó al respecto que «la preliminar luz verde anunciada la semana pasada por las autoridades de Defensa de la Competencia españolas a la fusión preocupa seriamente a los cableoperadores». Para el consejero delegado de Ono, las condiciones anunciadas para la Sogecable resultante de la integración son «demasiado blandas como para garantizar el nivel de acceso a los contenidos que el cable necesita».

Por último, quizá la mayor de las incertidumbres procede de la decisión del Gobierno, anunciada recientemente por Piqué, de no modificar la ley para que un mismo accionista participe en dos cadenas. Esta decisión de última hora, de no modificarse, obligará a Telefónica a optar entre Sogecable o Antena 3, y al grupo Correo a elegir entre Telecinco y la digital Net TV. En previsión de que el cambio legislativo no llegara a tiempo, el protocolo de fusión firmado el pasado 8 de mayo contempla que Telefónica aparque en un tercero sus acciones en Sogecable.

Fusión mejor que desaparición

El decano de la Facultad de Comunicación de la Universidad de Pamplona, Alfonso Sánchez Tabernero, comentó ayer durante la presentación del informe «Concentración de medios de comunicación en el mercado europeo. Nuevos retos y tendencias», en referencia a la fusión, que «hay pocas alternativas, y siempre es mejor la fusión de dos compañías que la desaparición de una», informa Ana Díaz. Además, Sánchez -Tabernero opinó que el informe del Tribunal de la Competencia «está bien orientado, pero es genérico y deberá ser el Gobierno el que concrete las condiciones de la fusión, que pueden ser extraordinariamente duras o blandas». En este sentido, el decano agregó que «habrá que concretar en áreas como los derechos de transmisión del fútbol, acceso de las productoras independientes a la nueva plataforma y el coste que supondrá a los usuarios».

Los cableoperadores recurrirán al Tribunal de Luxemburgo contra la fusión digital

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Los operadores de cable han decidido «ir a por todas» con el fin de evitar la consolidación de un monopolio en el mercado de la TV de pago. Para el conjunto de estas compañías, que han invertido cerca de 7.000 millones de euros en el desarrollo de sus redes durante los últimos años, las condiciones establecidas por el Tribunal de Defensa de la Competencia no pasan de ser «un mero brindis al sol» para que el Gobierno bendiga en las próximas semanas la integración de Sogecable y Vía Digital.

El recurso se ampara en el procedimiento que ha seguido el expediente de fusión y, en concreto, en el hecho de que Bruselas trasladase a España la resolución del acuerdo de fusión. Los operadores de cable entienden que la operación de fusión de Vía Digital y Canal Satélite tiene dimensión comunitaria principalmente por la participación en el proyecto del Grupo Vivendi, con intereses multinacionales en Europa y Estados Unidos.

Sin embargo, la razón de fondo del recurso estriba en el análisis detallado de las condiciones que ha fijado el TDC en el polémico informe remitido la pasada semana al Ministerio de Economía. Los operadores de cable han intentado evitar el recurso hasta el último instante, pero cuando han conocido el planteamiento del Tribunal de Competencia han acordado que la única solución para evitar lo que entienden como monopolio de los contenidos pasa por un pleito ante los jueces comunitarios.

Canales de terceros

En el planteamiento jurídico que manejan los cableoperadores se desmontan una por una las condiciones del TDC. La primera de estas cláusulas, relativa a la reserva de un porcentaje de canales de la nueva plataforma en manos de terceros es desestimada de plano desde el momento en que de los 60 canales que comercializa Sogecable, 45 son de producción ajena. En definitiva, tres cuartas partes de la oferta de la futura plataforma conjunta ya se efectúa con canales ajenos, por lo que cualquier intento por convertir a la nueva Sogecable en un mero «carrier» tropieza con la más tozuda realidad.

Los operadores de cable entienden que Sogecable ya actúa como autopista de otros canales, pero eso no evita que la fusión digital consolide un monopolio de contenidos en el mercado audiovisual.

Respecto al fútbol de pago, los operadores de cable mantienen que los derechos de los dos principales clubes, Real Madrid y Barcelona, están ya controlados hasta 2008 por la nueva plataforma, por lo que de nada sirve que se exija la renuncia a los derechos de tanteo, retracto y demás opciones de compra.

Exclusivas con las «majors»

En cuanto al cine de pago, los operadores entienden que no se suprime la exclusiva en la distribución de las producciones de las «majors», ni se limita la duración de los contratos ni tan siquiera la compra de estos derechos para soportes tecnológicos distintos del satélite. Según las cableras, tampoco se restringe la contratación con los principales estudios de Hollywood. La restricción que impone el TDC cuando limita a un año la explotación de los derechos para la emisión de primera y segunda ventana de pago no es más que consolidar la práctica ya habitual, pues una vez transcurrido ese año, los derechos de las películas se explotan por TV en abierto y los canales temáticos.

El hecho de que Sogecable deba reconocer un derecho de rescisión unilateral a favor de Metro Goldwyn Mayer (MGM), tal y como figura entre las condiciones del TDC, resulta sorprendente para los promotores del recurso. No en vano, MGM es la única productora que tiene sus derechos contratados con Vía Digital, compañía que desaparecerá absorbida por Sogecable. Desde ese mismo momento, la imposición del TDC no deja de ser un derecho automático de la propia MGM.

En cuanto a la renuncia de Sogecable a actuar como agente para España de canales temáticos producidos por los grandes estudios, los operadores de cable entiende que ello no hace sino reforzar la posición de dominio de Canal Satélite Digital en el mercado de los contenidos. La nueva Sogecable podrá adquirir derechos en exclusiva para todos los soportes de las «majors», pero posteriormente no podrá comercializar determinados canales como hace ahora. En consecuencia, se priva ya de entrada al resto de competidores para que puedan comprar a Sogecable estos contenidos.

Venta de contenidos a Telefónica

El dictamen del Tribunal de Defensa de la Competencia señala que Sogecable no podrá comercializar la oferta del proyecto Imagenio de Telefónica «ni discriminar la venta de sus contenidos audiovisuales a favor de Telefónica». Con esta condición, los cableoperadores entienden que Sogecable sí podrá vender sus contenidos a Telefónica mientras no discrimine a terceros competidores.

La cláusula referida a la prohibición de repercutir los costes de la fusión en el precio del servicio final es también denunciada por los cableoperadores. En realidad, el Tribunal no establece ningún método que permita comprobar si una eventual subida de precios es consecuencia del acuerdo de integración. El dictamen del Tribunal de la Competencia se limita a señalar que la nueva Sogecable deberá comprometerse a no cargar a los abonados ningún coste relativo a la integración de Vía Digital y Canal Satélite. La restricción del TDC pierde toda virtualidad desde el momento en que no se determina ningún sistema que garantice el cumplimiento de esta condición.

En lo que concierne a la obligación de Sogecable de no imponer el retorno de servicios interactivos por la red de Telefónica, los promotores del recurso entienden que esta condición tampoco tiene ningún valor efectivo. En su opinión, la nueva Sogecable no va a intentar que sus clientes cambien de suministrador, entre otras razones porque en estos momentos más del 85 por ciento de los hogares españoles siguen siendo clientes de Telefónica.

Monopolio en todos los soportes

El recurso que ahora está siendo preparado y que se presentará en los próximos días, según ha podido saber ABC, se fundamenta, por lo tanto, en la convicción de que el TDC lo que ha hecho es amparar la creación de un monopolio en el mercado de la televisión de pago y de las telecomunicaciones. La agravante de esta situación reside en que dicho monopolio no sólo afecta al desarrollo de la televisión de pago vía satélite, sino que se extiende a cualquier tipo de tecnología alternativa. La fusión de las plataformas digitales supone para los operadores de cable un ataque a la línea de flotación de sus proyectos empresariales que se fundamentan en la consolidación de una oferta conjunta de telefonía básica, servicio de Internet y televisión.

El mercado de la televisión de pago supone en España un negocio de 2.000 millones de euros, superando ya los baremos de la televisión comercial, que se acercan a 1.600 millones de euros.

Los argumentos contra la operación y conclusiones del voto discrepante

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Los cuatro técnicos del Tribunal de Defensa de la Competencia que votaron en contra de la absorción de Vía Digital por Sogecable aportaron una serie de argumentos para justificar su voto. El documento íntegro con sus conclusiones, al que ha tenido acceso Libertad Digital, destaca los siguientes puntos:

1.- Mercado de la televisión de pago

La absorción de VÍA DIGITAL por SOGECABLE supone que la empresa resultante de la operación controlará el 80% del mercado por número de subscriptores y el 95% por cuantía de ingresos, (lo que) obstaculizará gravemente el mantenimiento de la competencia efectiva en el mercado.

1 .2 Las barreras de entrada

Se trata además, de un mercado en el que existen fuertes barreras de entrada que derivan esencialmente no de aspectos técnicos o legales, sino del fuerte control por parte de la nueva SOGECABLE de una serie de contenidos cruciales (en especial los derechos de retransmisión del fútbol y de la producción cinematográfica de los «grandes») para la operación comercial de una televisión de pago, lo que hará extremadamente difícil cualquier intento de lanzamiento de nueva oferta de canales en ese mercado.

1.3 La supuesta saturación del mercado

Sogecable, Vía Digital y un buen número de empresas interesadas argumentan que el mercado español de televisión de pago se encuentra saturado, por lo que no resulta viable la creación de empresas competidoras ni, incluso, el mantenimiento de dos operadores. Debe hacerse notar que, en lo relativo a la dificultad de que entren nuevos operadores, este razonamiento constituye un argumento más en contra de la fusión, que conduciría del actual duopolio a una situación de monopolio.

2. Mercados ascendentes

La operación analizada puede obstaculizar la competencia efectiva en varios mercados de insumos productivos necesarios para la distribución de canales de televisión de pago. A su vez, el control de la empresa fusionada sobre varios de esos insumos, en concreto la retrasmisión de partidos de fútbol y la exhibición de cierto tipo de películas, esenciales para el funcionamiento de una cadena de pago) constituye, como se ha señalado anteriormente, una barrera de entrada frente a posibles competidores en el negocio de la televisión.

2.1. Mercado de contenidos: películas

Los efectos de la operación sobre la competencia en el mercado de distribución de producciones cinematográficas derivan no tanto de la aparición de un práctico monopolista sino del hecho de que, como se ha señalado en el punto 1.2, el control de ese insumo esencial dificulta la posibilidad de que nuevas empresas o competidores procedentes de otros medios puedan competir con la nueva SOGECABLE, al no poder disponer de una programación razonablemente atractiva.

2.2.-Mercado de contenidos: fútbol

Al analizar este mercado es necesario constatar un hecho previo: que el mercado se encuentra ya altamente monopolizado como consecuencia de la existencia de una empresa, AVS (Audiovisual Sport) que gestiona los derechos de una retransmisión de una serie de acontecimientos futbolísticos clave, y en cuyo capital participan Telefónica a través de Admira) y Sogecable, con el 40% cada uno, conjuntamente con televisión de Cataluña.

La situación hoy existente implica una seria limitación a la competencia ya que, en esencia, sustituye la competencia por la adquisición y gestión de esos derechos por una actuación tendente a su explotación económica conjunta (que se produce con independencia de cuál de las empresas fuera el adquiriente inicial de esos derechos). La explotación conjunta de ese contenido esencial crea, ya hoy, serias dificultades, no sólo para aquéllas empresas que desean retransmitir los mismos acontecimientos deportivos (posiblemente modificados con inserción de anuncios propios), sino también para aquéllas que retrasmitir otros acontecimientos futbolísticos competidores (y que pueden verse afectados por la retransmisión intempestiva e imprevista de partidos de mayor audiencia) y para aquéllas que desean exhibir fragmentos: resúmenes o partidos en diferido. La operación que se analiza debilitaría aún más una competencia, ya de por sí frágil en este mercado, puesto que Sogecable y Vía Digital pasarían de una situación actual, que exige el mantenimiento de la voluntad de acuerdo y la autorización de las autoridades de competencia para la gestión conjunta de los derechos de retransmisión, a otra situación estructural carente de la inestabilidad potencial inherente a todo acuerdo.

2.3.- Mercado de contenidos: producción y distribución cinematográfica, audiovisual y de canales temáticos

En el expediente se ha puesto de relieve el elevado grado de integración vertical ya existente en algunos de estos mercados, con importante presencia tanto de SOGECABLE como de TELEFÓNICA en la producción de diversos insumos productivos de la oferta de programas informativos y de entretenimiento hoy proporcionada al público por CSD y VIA DIGITAL. Por otra parte, SOGECABLE y VÍA DIGITAL tienen firmados acuerdos con los ocho grandes productores americanos que garantizan la exhibición, a través de esos dos canales, de la práctica totalidad de la producción cinematográfica de éstos (contratos de producción o «output deals»); además parecen existir en la práctica, cláusulas cruzadas, o de vinculación, que obligan a los compradores de esas obras cinematográficas a adquirir también otros productos (por ejemplo, cadenas temáticas) producidos por esos grandes estudios.

La integración vertical y los contratos con los grandes americanos suponen ya un importante cierre del mercado a los productores españoles, paliado hasta ahora por la rivalidad entre ambas plataformas. Esta situación de débil competencia se verá agravada como resultado de la integración de VÍA DIGITAL en SOGECABLE y la aparición, a efectos prácticos, de un monopsonista que lógicamente tenderá a privilegiar la compra de producción de empresas del, ahora reforzado, grupo. La integración vertical puede no resultar eficiente en el largo plazo pero la disminución de la competencia efectiva en el mercado de compra de esos productos puede traducirse, en el futuro inmediato, en serias dificultades para los actuales oferentes españoles.

2.4.- Mercados de otros insumos productivos: mercado de satélites

La operación tiene también repercusiones en el mercado de satélites, no sólo en la medida en que el actual exceso de capacidad en el mercado de la televisión de pago puede llevar al abandono del uso de uno de los dos satélites actualmente operativos, sino, sobre todo en la medida en que la presencia simultánea de Telefónica en SOGECABLE e HISPASAT puede determinar una preferencia de la primera por contratar el satélite de la segunda. Cabe temer, además, la vinculación de contratos de suministro de contenidos con los relativos a la utilización de un determinado satélite, de forma que la compra de, por ejemplo, contenidos a una cadena temática de televisión, se vincule a compromisos para la utilización del satélite HISPASAT por ésta.

3. Mercados paralelos: la competencia del cable

En los últimos años los operadores de cable, que han conseguido ofrecer al consumidor un producto atractivo, el tridente de servicios de telefonía, televisión de pago y acceso a Internet, han conseguido captar un número importante de suscriptores. (No obstante) tales economías están ya severamente imitadas por la dependencia respecto a Telefónica para los servicios de terminación de llamadas y por la dependencia, con respecto a las plataformas digitales, para la obtención de los contenidos valiosos propios de la televisión de pago, dependencia esta última que se incrementará con la fusión.

Surgen en este mercado problemas específicos que derivan de la presencia de la empresa dominante en el mercado de la telefonía (Telefónica) en el capital y el Consejo de Administración de la nueva Sogecable, presencia que hará casi inevitable una coordinación de políticas entre Telefónica y Sogecable tendente a eliminar la competencia de otras empresas en los mercados de comunicaciones.

Entre los temores expresados en el expediente, que los Vocales que suscriben consideran fundados, se encuentra la siguiente lista:

a) Que el control de contenidos de que dispone la nueva Sogecable impide la competencia de los operadores de cable

b) Que Telefónica utilice ese control de contenidos para (mediante las consiguientes acciones conjuntas) potenciar el proyecto Imagenio, que emplea la tecnología alternativa ADSL, como competencia activa, no sólo frente a esos operadores de cable, sino frente a todas aquellas empresas que pretenden ofrecer otro tipo de servicios de Internet. Debe tenerse en cuenta que la previsible convergencia de tecnologías debería dar lugar a una oferta con gran solapamiento de contenidos, prestada por empresas diversas y utilizando medios diversos (cable, ADSL o satélite); pero que el control de contenidos por parte de la nueva Sogecable constituirá un grave obstáculo para que se desarrolle una competencia efectiva a Telefónica por cualquiera de esas vías.

c) Que caben esperar actuaciones conjuntas entre las dos empresas (por ejemplo, el desarrollo de una mayor interactividad en las emisiones de Sogecable mediante la utilización del sistema ADSL como canal de retorno o, incluso, la migración de parte de las emisiones que hoy se producen por satélite a ese medio terrestre) que fortalezcan la posición de dominio de cada una de esas dos empresas, Sogecable y Telefónica, en sus respectivos mercados.

Por todo lo expuesto (…) la operación amenaza con reforzar la posición dominante de Telefónica respecto a los servicios de acceso a Internet, en particular respecto al acceso de banda ancha.

4. Mercados

El cierre del mercado de contenidos afecta no sólo a los potenciales competidores en el mercado relevante de la televisión de pago, sino que repercute desfavorablemente en el mercado de la televisión de pago en abierto. (…) Las televisiones abiertas privadas dependen para su financiación esencialmente de los ingresos publicitarios, (por lo que) cabe temer que Telefónica utilice su presupuesto publicitario como forma de presión para evitar cierto tipo de competencia o para asegurar la compra de ciertos insumos productivos a empresas ligadas con el grupo.

Por último, aunque no sea lo menos importante, resulta obligado referirse a la afectación del mercado de la información general y política, con deterioro de la pluralidad informativa, por la fuerte presencia que los grupos PRISA y TELEFÓNICA tienen en los medios de comunicación y la vinculación estructural de ambos grupos de la nueva SOGECABLE.

5. la supuesta eficiencia de la operación

No existe ningún motivo para justificar la afirmación de que la plataforma resultante tendría incentivos para trasladar a los consumidores estas mayores eficiencias (las que se supone que obtendrían de producirse la fusión). La teoría del monopolio muestra que éste tiende a apropiarse del excedente del consumidor y no se ha justificado por qué este monopolio tenderla a alejarse de ese modelo de libro de texto.

6. imposibilidad de compensar el daño a la competencia efectiva mediante condiciones

La operación es susceptible de obstaculizar el mantenimiento de la competencia efectiva en, al menos, tres mercados importantes. Es esta pluralidad de facetas lo que hace difícil encontrar condiciones que puedan compensar los efectos restrictivos de la competencia.

Por otra parte, por condiciones debe entenderse, de acuerdo con la doctrina habitual, una serie de cláusulas relativamente secundarias que remedien alguno de los efectos, también secundarios, que se observan en una operación que resulta esencialmente aceptable. En este caso, la operación resulta esencialmente inaceptable ya que sus efectos nocivos sobre la competencia son claros y surgen de manera directa de la operación de concentración. Por ello, resulta conceptualmente difícil imponer condiciones ya que las únicas aceptables serian aquéllas que desvirtuasen esencialmente la operación.

Documento: conclusiones del voto discrepante

A continuación, transcribimos textualmente las conclusiones que fueron rechazadas por el Pleno del TDC y que constituyen la base del voto particular discrepante. Deja claro que la operación debería ser rechazada «sin posibilidad de aprobación mediante la imposición de condiciones».

(…) EN DEFINITIVA, la Comisión encargada de la elaboración del informe aprobó, por mayoría, unas Conclusiones que fueron, después, rechazadas por el Pleno. Desde la estricta aplicación de la norma jurídica, consideramos que el contenido de dichas conclusiones sigue siendo correcto y es lo que nos lleva al mantenimiento en este voto particular de las mismas. El contenido de esas Conclusiones se el siguiente:

PRIMERA: La presente operación de concentración supone la integración de la empresa DISTRIBUIDORA DE Televisión DIGITAL S.A. (perteneciente al Grupo TELEFÓNICA, y que comercializa la Plataforma de Televisión Digital por Satélite denominada VIA DIGITAL) en la empresa SOGECABLE S.A. (cuyos accionistas mayoritarios son el Grupo PRISA y Groupe Canal+ -Grupo VIVENDI-, y que comercializa la Plataforma de Televisión Digital por Satélite denominada CANAL SATÉLlTE DIGITAL.

SEGUNDA: La composición accionarial final de SOGECABLE será paritaria entre Grupo PRISA, Groupe Canal+ y TELEFÓNICA (a través de ADMIRA). En tanto en cuanto no se modifique la legislación vigente que impide a una misma empresa estar presente en la composición accionarial de más de una televisión (lo que sucedería si se autoriza la presente operación ya que Antena 3 TV está participada en un 47 % por TELEFÓNICA), TELEFÓNICA designaría a un tercero, sin conflicto de intereses con SOGECABLE, para trasmitirles las acciones.

TERCERA: SOGECABLE está presente, a través de diferentes empresas participadas por ella en la televisión de pago; en la producción y comercialización de canales temáticos, en la producción y gestión de derechos deportivos; en la producción y gestión de derechos cinematográficos; en la distribución y exhibición cinematográfica; 11 en el acceso a internet, así como en la prestación de servicios tecnológicos para la difusión de productos audiovisuales. El Grupo PRISA, al que pertenece SOGECABLE, también opera en los sectores de prensa, editorial y radiofónicos. Por su parte, DISTRIBUIDORA DE TELEVISION DIGITAL S.A. sólo opera en la gestión y explotación en el mercado español de un plataforma de televisión digital. El grupo al que pertenece (Grupo TELEFÓNICA, a través de Grupo-Admira) está presente, además de en el mercado de las telecomunicaciones, en la televisión en abierto; en la televisión de pago; en las emisiones radiofónicas; en la producción y comercialización de contenidos audiovisuales (tanto para cine como para televisión) en la producción y gestión de derechos deportivos; en la producción y comercialización de canales temáticos y en la provisión de servicios interactivos.

CUARTA: El mercado relevante en esta operación es el de la televisión de pago en España, caracterizado hasta ahora por la presencia de pocas empresas oferentes del servicio, pero provisto de gran dinamismo, crecimiento y competencia muy viva entre las dos empresas que protagonizan ahora un proyecto de fusión.

QUINTA: Las características que presentan los output deals, contratos de suministro de contenidos firmados con los «grandes estudios» de la industria de cine americano (majors) (exclusiva, larga duración; contratos de «toda la producción» y firmados con todos ellos), así como los firmados con los clubes de fútbol, constituyen ya, antes de la operación, una barrera de entrada tanto para potenciales competidores como para los actuales proveedores de contenido «no firmantes de los contratos. Se considera también que existe poder de compra por parte de las empresas que se fusionan en todos estos mercados.

SEXTA: La presente operación de concentración tiene efectos de carácter horizontal, ya que ambas empresas operan en el mismo mercado, en el que la empresa resultante de la operación alcanzaría cuotas del 80% del número de abonados y del 95% de total de ingresos (según datos CMT correspondientes a 2001).

SÉPTIMA: La operación notificada elevaría las barreras de entrada ya existentes de la siguiente forma:

a. La empresa resultante acumularía los derechos exclusivos de emisión de contenidos esenciales para la captación de clientes en este mercado (toda la Liga española de fútbol, toda la producción de todos los grandes estudios de Hollywood) que hasta el momento explotan por separado o conjuntamente, mediante el acuerdo AVS, las dos empresas partícipes.

b. La red resultante de la operación, superaría ampliamente la cifra de 2,5 millones de abonados, representando, por sí misma, dada su magnitud, una barrera de entrada de efecto disuasorio para entrada de competidores potenciales.

c. Los poderes de compra y negociador de la empresa resultante para la adquisición o puja de nuevos contenidos, se verán incrementados más que proporcionalmente por efecto de la ampliación de la base de abonados y por efecto de la desaparición del principal competidor, convirtiéndose en barrera adicional a la entrada de posibles competidores y a la expansión de sus únicos competidores restantes.

OCTAVA: La operación de concentración tendría también efectos verticales, por la posición monopolística de la empresa resultante en el mercado descendente de contenidos de TV de pago y por la participación paritaria de TELEFÓNICA en el capital de SOGECABLE y su presencia en el Consejo de Administración.

NOVENA: La fuerte presencia de TELEFÓNICA en el capital y el Consejo de Administración de la empresa resultante, crea un vínculo estructural entre la empresa dominante en todos los mercados de telecomunicaciones y la empresa cuasi-monopolística en TV de pago, cuyos grupos empresariales gozan de fuerte implantación en TV en abierto y otros medios de comunicación.

Esta vinculación Estructural puede ser determinante ante intereses comunes, pudiendo frenar la competencia emergente que para Telefónica suponen los operadores de cable en los mercados de telefonía fija y acceso a Internet y comprometer su propia capacidad para actuar con autonomía y tecnología propia en el mercado de la televisión de pago.

DÉCIMA: La empresa resultante de la operación alcanzaría, así, una posición de dominio absolutamente inexpugnable, caracterizada por cuotas de mercado superiores al 80% y barreras de entrada infranqueables. De tal posición se derivarían graves efectos restrictivos de la competencia al poder la empresa:

a. Limitar la capacidad de elección de los usuarios.

b. restringir la demanda de contenidos de proveedores distintos a los de los derechos de fútbol y a los derechos de emisión de las grandes distribuidoras de Hollywood.

c. incrementar la dependencia de sus únicos competidores restantes con respecto a los contenidos que tendrían, no sólo en exclusiva, sino acumulados en una sola empresa.

UNDÉCIMA: La operación, que provocaría un cambio estructural tan perjudicial para la competencia y que afectaría a tantos mercados conexos en la creación, distribución y explotación del producto audiovisual, podría incrementar la eficiencia de la empresa resultante, pero, en ausencia de competencia efectiva, no se transmitiría beneficio alguno a los usuarios.

DUODÉCIMA: No es posible encontrar condiciones que puedan compensar el deterioro de la competencia que la operación produce sin desnaturalizar su objeto (exclusión de Telefónica en la empresa resultante, cesión de derechos exclusivos sobre contenidos esenciales a los competidores restantes), o sin caer en una dudosa acción reguladora del mercado mediante el establecimiento de códigos de conducta que ni corresponde a este Tribunal ni puede ser realizada con eficacia en el brevísimo tiempo en que este informe debe completarse.

Por todas estas razones consideramos inadecuada la imposición de condiciones a la operación que se analiza que, insistimos, obstaculiza per se gravemente la competencia.

En definitiva, los firmantes de este voto particular consideran» que el Tribunal debería haber propuesto que el Gobierno declarase improcedente la operación sin sujeción a condición alguna.

La venta de Antena 3 y Onda Cero provoca un terremoto en el mundo de la comunicación

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Cuando el Gobierno acepte la absorción de Vía Digital por Sogecable, algo más que previsible, seguramente Polanco tendrá que vender Canal+ y Telefónica, Antena 3 TV, que ahora es inseparable de Onda Cero. Los aspirantes no son pocos: Grupo Correo, Murdoch, Abelló, Lara y Berlusconi. Pío Cabanillas teje la madeja.

El ministro de Ciencia y Tecnología, Josep Piqué, anunció a principios de septiembre que el Gobierno tenía previsto cambiar la Ley de Televisiones Privadas para que varias sociedades pudieran tener participaciones cruzadas en dos o más cadenas de televisión al mismo tiempo. Esta decisión suponía una auténtica alfombra roja para la absorción de Vía Digital por parte de Sogecable, ya que Telefónica podría seguir en Antena 3 Televisión mientras se integraba en el capital de la nueva Sogecable.

Sin embargo, Josep Piqué se vio obligado a rectificar sus palabras y hace menos de una semana advirtió a Telefónica de que tendría que «optar si sigue en un sitio (la nueva Sogecable) o en otro (Antena 3 Televisión), o en ninguno de los dos». Es de suponer que la misma vara de medir se le aplique a Jesús Polanco, patrón del Grupo PRISA, que además de Sogecable controla Canal+ y Localia TV, la red ilegal de emisoras locales que emiten en cadena compitiendo con el resto de canales legales a nivel nacional.

A finales de 2001, Admira, la filial de medios de comunicación propiedad de Telefónica, decidió integrar Onda Cero, su cadena de radio, en Antena 3 Televisión. La operación supuso un montante de 38.000 millones de pesetas (17.000 millones correspondientes a la deuda de Onda Cero) que se financió a través de un préstamo sindicado. Esta integración parece tener un objetivo concreto: que Onda Cero y Antena 3 TV adquieran más valor de cara a una posible venta.

Los accionistas de Antena 3 TV

Los rumores sobre el cambio de propietarios en Antena 3 y en Onda Cero señalan a un reducido número de aspirantes: Grupo Correo, Murdoch, Bertelsmann (Abelló con la ayuda de Florentino Pérez), Planeta (Lara con la ayuda de Anson) y Media Set (Berlusconi). Pero el último enigma por desvelar en este corrimiento de tierras es el papel que juega quien fuera Portavoz del Gobierno, Pío Cabanillas. Desde que se planteó la posibilidad de vender A3 TV y Onda Cero, se dice que él es el aglutinador de un grupo de inversores aspirantes a hacerse con lo que se pueda de Admira. Como antiguo asalariado de Polanco (fue ejecutivo de Sogecable) se le supone familiaridad con el medio.

No obstante, acaso Aznar lamente algún día haber accedido a casar a su hija como lo hizo en contra de lo que la prudencia aconsejaba. Se da la circunstancia de que la única ocasión en que han coincidido todos los mencionados (Murdoch, Berlusconi, Alierta, Santiago Ybarra Churruca -presidente del Grupo Correo-, José Manuel Lara Bosch, Juan Abelló, Florentino Pérez, Luis María Anson, Pío Cabanillas) fue en aquella tarde de septiembre en San Lorenzo de El Escorial. Queda para investigaciones futuras el determinar si habían sido invitados por el novio o por el padre de la novia.

Los candidatos:

Grupo Correo La primera de ellas pasa por el Grupo Correo (Red de diarios regionales, ABC y 25% de Telecinco). Según publica El Confidencial.com, la compañía vasca estaría dispuesta a dejar en manos de Berlusconi el control total de Telecinco. Gracias al cambio en la Ley de TV Privadas que permite a un mismo accionista tener el 100% de una cadena de televisión, el primer ministro italiano se quedaría con el 25% de Correo y el 25% que posee el Dresdner Bank tras la quiebra del Grupo Kirch. Con dinero fresco en caja y a salvo de los crash bursátiles gracias a su decisión de anular su salida a los parqués, la empresa capitaneada por José María Bergareche estaría en disposición de acometer una operación de grandes proporciones. Esta pasaría primero por la integración de Recoletos (Marca y Expansión) como vía para quedarse con las dos joyas de Admira. De esta operación quedaría excluida la participación (30 por ciento) de Recoletos en Unedisa (editora del diario El Mundo). En relación con los cambios en el accionariado de Unedisa, ha habido de nuevo rumores en el sentido de que Berlusconi podría llegar a hacerse con el 52 por ciento en manos de Rizzoli.

La operación en torno al Grupo Correo significaría la puesta en marcha de un nuevo gigante de la comunicación. El mayor obstáculo en el camino de los empresarios vascos, la poca confianza que inspiran en el entorno monclovita, podría verse mitigado por la mejor sintonía de Jaime Castellanos, el presidente de Recoletos. Asimismo, acaso de este modo pudiera encontrarse una función más acorde con el valor que se le supone a Nemesio Fernández-Cuesta, que dejó su trabajo en Industria con Piqué para hacerse cargo de Prensa Española.

Bertelsmann, de la mano de Abelló y Florentino Otro aspirante podría ser Bertelsmann, propietario de RTL, líder en Europa. Su actual participación del 17 por ciento en Antena 3 podría pasar hasta el 70 por ciento tras la compra de las acciones de Admira. Esta operación podría ser avalada por Juan Abelló, presidente de RTL, y a ella podría estar asociado Florentino Pérez, ambos bien vistos por Moncloa. Pérez tiene en estos momentos aparcada su empresa Xfera, polémica concesionaria en su momento de una licencia UMTS. Un inconveniente para esta operación podría ser la reciente negativa de la empresa alemana, propietaria de Lycos Europa, de cumplir con los compromisos publicitarios adquiridos con Terra, la filial de Telefónica en Internet. Pero, puestos a negociar, acaso pudiera convertirse también en una moneda de cambio para dar salida a la difícil situación de Terra-Lycos.

Rupert Murdoch El papel del magnate australiano Rupert Murdoch es el de un pretendiente al que se le ofrecen varias posibilidades en España tras quedarse con el monopolio de la televisión por satélite en Italia. Hace pocas semanas filtró su interés por comprar Canal Plus, ahora no sería de extrañar que pudiera entrar en negociaciones tanto con Polanco, en el caso de que tuviera que renunciar a su participación en Canal Plus como con Admira. News Corporation ha apostado fuerte por la televisión de pago en Europa con Stream-Telepiú (Italia), BSkyB (Inglaterra), convencido del soporte de usuarios que ofrecen las ligas de fútbol. Uno de los pocos mercados que le faltan por controlar, de momento, es el español. Sin embargo, una mayor presencia de los italianos en Telecinco podría complicar la entrada de otro grupo extranjero en Antena 3 TV.

Grupo Planeta Falta por saber qué papel jugará en esta partida otro reconocido aspirante, el Grupo Planeta (COPE y La Razón). José Manuel Lara Bosch siempre ha aparecido como uno de los posibles aglutinadores de la alternativa hipotética a Polanco. Siempre ha demostrado su interés en buscar negocios fuera de los que ha heredado de su padre (los editoriales), y que siguen siendo su mayor fuente de ingresos. Algunos de ellos, como Quiero TV, han sido estrepitosos fracasos. Su mayor baza son los buenos oficios de Luis María Anson que le asegura una buena conexión con Moncloa.

El último enigma por desvelar en este corrimiento de tierras es el que fuera Portavoz del Gobierno, Pío Cabanillas. Desde que se planteó la posibilidad se dice que él es el aglutinador de un grupo de inversores aspirantes a hacerse con lo que se pueda de Admira. Como antiguo asalariado de Polanco se le supone familiaridad con el medio. Su paso por el Gobierno y el hallarse en expectativa de destino lo convierten en el pibote adecuado para la resolución de este puzzle.

Acaso Aznar lamente algún día haber accedido a casar a su hija como lo hizo en contra de lo que la prudencia aconsejaba. Se da la circunstancia de que la única ocasión en que han coincidido todos los mecionados (Murdoch, Berlusconi, Alierta, Santiago Ybarra Churruca -presidente del Grupo Correo-, José Manuel Lara Bosch, Juan Abelló, Florentino Pérez, Luis María Anson, Pío Cabanillas) fue en aquella tarde de septiembre en San Lorenzo de El Escorial. Queda para investigaciones futuras el determinar si habían sido invitados por el novio o por el padre de la novia.

Sogecable vende a ONO la distribución en cable del Canal Operación Triunfo

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Sogecable, la compañía propietaria de Canal+ y Canal Satélite Digital, ha llegado a un acuerdo con la operadora de cable ONO para que esta pueda distribuir el Canal Operación Triunfo en su oferta televisiva.

Hasta el momento, sólo Canal Satélite Digital emitía dicho canal, que recoge, durante las 24 horas del día, la vida y las actividades que se desarrollan en la famosa Academia, y que es uno de los preferidos por los espectadores.

ONO cuenta en su oferta con otros siete canales propiedad o distribuidos por Sogecable: Viajar, Documanía, Sportmanía, 40TV, Discovery Channel y los canales de Turner (TCM, Cartoon Network y CNNI).

ONO ofrece servicios de teléfono, televisión e Internet a particulares en Valencia, Alicante, Castellón, Murcia, Albacete, Huelva, Cádiz, Mallorca y Cantabria.

Polanco obtendría un monopolio perfecto, según el voto discrepante de los técnicos del TDC

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Para determinar si existe monopolio, los economistas utilizan el índice «Herfindahl Hirschman». A partir de 1.800 se considera alta concentración. Según el voto discrepante de los cuatro vocales del Tribunal de Defensa de la Competencia, al que ha tenido acceso Libertad Digital, la nueva Sogecable alcanzaría los 10.000 puntos en ese índice, lo que equivale a la creación de un monopolio perfecto.

El pasado 11 de noviembre, el pleno del Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC) decidió aprobar la absorción de Vía Digital por Sogecable. Por cinco votos contra cuatro, el TDC aconsejaba al Gobierno que permita la unión de las plataformas digitales, aunque con diez condiciones. Alborozado por la feliz noticia, el Ejecutivo se apresuró a filtrar dichas condiciones a través de la agencia Efe, anunciando que la unión de las plataformas ya tenía el beneplácito del TDC. Sin embargo, también se ocuparon de ocultar los motivos que habían llevado a cuatro vocales a votar en contra. Este dato es muy importante a la hora de valorar la operación, ya que los vocales responsables del voto discrepante son técnicos en materia de competencia. Son Miguel Comenge Puig, Luis Martínez Arévalo, Antonio Castañeda Boniche y María Jesús Muriel Alonso.

Antes de que se reuniera el pleno, los cuatro vocales estudiaron la concentración de Vía Digital y Sogecable en una ponencia y elaboraron un informe totalmente contrario a la fusión digital porque daría lugar a un monopolio perfecto en manos de Jesús Polanco, patrón del Grupo PRISA y propietario de Sogecable. Ese durísimo informe se elevó al pleno del TDC, que lo rechazó en la votación antes mencionada (cinco votos contra cuatro). Los vocales que votaron en contra de este informe fueron Francisco Javier Huerta Trolez, Antonio del Cacho Frago, Julio Pascual y Vicente, José Juan Franch Menéu y el presidente del tribunal, Gonzalo Solana González, que fue quien decidió finalmente inclinar la balanza a favor de la operación. No obstante, y pese a los esfuerzos del Gobierno por ocultar los motivos del voto discrepante, Libertad Digital ha tenido acceso al documento íntegro donde los cuatro vocales mencionados explican el porqué de su oposición a la fusión.

En dicho documento, los cuatro vocales afirman que «la absorción de Vía Digital por Sogecable supone que la empresa resultante de la operación controlará el 80% del mercado por número de suscriptores y el 95% por cuantía de ingresos». Para estudiar la operación, los economistas del TDC aplicaron el llamado índice Herfindahl-Hirschman, el más utilizado para analizar el grado de concentración de dos empresas. Generalmente, cuando este índice alcanza el nivel 1.800, ya se habla de alta concentración. Pero en el caso de la nueva Sogecable, los técnicos dicen que supera los 8.500 puntos y alcanza los 10.000 en algunas regiones de España donde el cable no está presente, lo que se traduce en que Jesús Polanco va a disponer de un monopolio perfecto si finalmente logra absorber Vía Digital. «Tales indicadores suelen bastar para que las autoridades comunitarias se opongan a la concentración», dice el informe que acompaña al voto discrepante.

Los cuatro expertos del TDC analizan en sus conclusiones la existencia de importantes «barreras de entrada» a la hora de que otras empresas puedan intentar competir en el mercado audiovisual frente a la nueva sogecable. Entre tales «barreras», las principales son los derechos del fútbol y el cine. Con respecto al fútbol, los cuatro miembros del TDC creen «necesario constatar que el mercado se encuentra ya altamente monopolizado como consecuencia de la existencia de una empresa, Audiovisual Sport, que gestiona los derechos de transmisión de una serie de acontecimientos futbolísticos clave». Según exponen, la absorción de Vía Digital «debilitaría aún más un competencia, ya de por sí frágil en este mercado». Es decir, que, ante esta afirmación, las condiciones finales que el TDC impuso en materia de derechos de fútbol suenan a risa.

Sobre el cine, el voto particular hace hincapié en que, en otras ocasiones de similares características, el TDC «ha tendido a ser más riguroso precisamente por la necesidad de preservar la competencia en mercados ya excesivamente concentrados». Señalan que por las características de los contratos firmados por la empresa resultante de la fusión con los siete grandes estudios de Hollywood (se habla de siete u ocho en distintos puntos del expediente), resultaría «el cierre absoluto del mercado de forma que los competidores existentes o potenciales sólo pueden acceder a esos contenidos cinematográficos a través de Sogecable». Además explican que el hecho de que «en la situación previa a la fusión, la parte de esos contenidos correspondiente a Vía Digital fuera mucho menos que la de Sogecable no impide el juicio negativo que merece la operación». Es decir, precisamente demostraría la tendencia a la concentración, objetivo a evitar por el TDC.

El voto discrepante advierte también de que «la operación es susceptible de obstaculizar el mantenimiento de la competencia efectiva en, al menos, tres mercados importantes». Entre otras cosas, la absorción de Vía Digital por Sogecable obstaculizaría el negocio de los operadores de cable, afectaría a Internet e incluso al mercado de las comunicaciones vía satélite, porque Hispasat -participado por Telefónica- saldría extraordinariamente beneficiado. Por eso, y como conclusión de su informe, los cuatro técnicos dicen que la imposición de condiciones por parte del TDC es difícil, «ya que las únicas (condiciones) aceptables serían aquellas que desvirtuasen esencialmente la operación».

Mariano Rajoy advierte de que «nunca debe haber monopolio» en el campo de la televisión

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El vicepresidente primero del Gobierno, Mariano Rajoy, ha advertido de que «nunca debe haber monopolio» en el campo de la televisión, en la conferencia con que clausuró en Sevilla las V Jornadas de Comunicación, dedicadas a «Televisión y Opinión Pública».

Mariano Rajoy cree que para garantizar el pluralismo y la competencia es preciso que no exista monopolio, con el que consideró que grandes sectores de la sociedad se verían sin referencia. Para evitar esa situación, el vicepresidente justifica que «las Administraciones hagan una regulación que desde el punto de vista empresarial puede resultar perfectamente legítima». No obstante, Rajoy opina que a las empresas televisivas e informativas no deben ponerse más límites que los del Código Penal y el Código Civil, «para que la ley les afecte como a cualquier otro empresario o ciudadano».

En el cierre de estas jornadas organizadas anualmente por la Confederación de Empresarios de Andalucía (CEA), Rajoy también ha abogado por el «sentido común» para lograr una mayor calidad en los programas de entretenimiento y aludió a los programas denominados «basura» aunque sin emplear este término, sino el de «impresionantes», de los que dijo que no está demostrado que tengan más audiencia que otros.

El vicepresidente del Gobierno ha pedido «esfuerzo y talento» para lograr este objetivo, así como que los dueños y promotores de las televisión tengan algún principio más que el estrictamente económico para guiar sus empresas.

Polanco obtendría un monopolio perfecto, según el voto discrepante de los técnicos del TDC

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Para determinar si existe monopolio, los economistas utilizan el índice «Herfindahl Hirschman». A partir de 1.800 se considera alta concentración. Según el voto discrepante de los cuatro vocales del Tribunal de Defensa de la Competencia, al que ha tenido acceso Libertad Digital, la Nueva Sogecable alcanzaría los 10.000 puntos en ese índice, lo que equivale a la ausencia completa de competencia.

«Pocas veces tienen las autoridades de competencia la ocasión de examinar una operación en el que la empresa resultante alcanza el índice HH de 10.000 (monopolio) como sucedería en este caso en la mayor parte del territorio español donde el cable no está presente y sobrepasa el nivel de 8.500 en el resto del país. Tales indicadores suelen bastar para que las autoridades comunitarias se opongan a la concentración». De esta forma tan contundente comienza el voto particular discrepante emitido por los vocales del Tribunal de Defensa de la Competencia contra la absorción de Vía Digital por parte de Sogecable y al que ha tenido acceso Libertad Digital.

Los cuatro vocales que se opusieron a la creación de la Nueva Sogecable -Antonio Castañeda, Miguel Comenge Puig, Luis Martínez Arévalo y María Jesús Muriel Alonso- y que precisamente son los que tienen un perfil más técnico recuerdan en primer lugar que las autoridades de la competencia europea vetaron otros casos en los que la cuota de mercado controlada por las compañías fusionadas era menor que la que obtendrá la Nueva Sogecable. En concreto, los técnicos destacan que la empresa de Jesús Polanco controlará nada menos que un 95 por ciento de la cuota un mercado «afectado por las fuertes barreras de entrada debido a las dificultades para el acceso a los contenidos y la posición de fuerza de Sogecable a la hora de negociar la compra de contenidos exclusivos».

Barreras de entrada: no habrá nueva oferta de canales

Según la opinión de los vocales, las fuertes barreras de entrada se derivan, no de aspectos técnicos o legales, «sino del fuerte control por parte de la Nueva Sogecable de una serie de contenidos cruciales (fútbol y producción cinematográfica de los grandes) para la operación comercial de pago, lo que hará extremadamente difícil cualquier intento de lanzamiento de nueva oferta de canales en ese mercado».

El fútbol: Competencia aún más débil

Los cuatro miembros del TDC creen «necesario constatar que el mercado se encuentra ya altamente monopolizado como consecuencia de la existencia de una empresa, Audiovisual Sport, que gestiona los derechos de transmisión de una serie de acontecimientos futbolísticos clave». Según exponen, la absorción de Vía Digital «debilitaría aún más un competencia, ya de por sí frágil en este mercado». Además, alertan de que «la autorización de las autoridades de competencia para la gestión conjunta de los derechos de retrasmisión a otra situación estructural carente de la inestabilidad potencial inherente a todo acuerdo». Es decir, que ante esta afirmación las condiciones finales que el TDC impuso en materia de derechos de fútbol suenan a risa.

Saturación: El mercado no está saturado

El informe final del Pleno del TDC mantiene que «no existe posibilidad de captar nuevos clientes mediante la oferta de precios más atractivos». Pero los firmantes del voto discrepante opinan lo contrario: «los operadores de cable han competido, de una forma u otra, por la vía de los precios y han obtenido un importante crecimiento de suscriptores y la propia VÍA DIGITAL ha crecido a mayor ritmo que CANAL SATÉLITE DIGITAL gracias a sus precios de acceso sustancialmente más bajos, pese a su menor riqueza en contenidos». Concluye, en este punto, que la verdadera dificultad de acceso a nuevos operadores al mercado español de televisión de pago «vendría dada por la dificultad de acceso a los contenidos clave, no por una supuesta saturación del mercado».

Películas: Cierre absoluto del mercado por Sogecable

El voto particular hace hincapié en que, en otras ocasiones de similares características el TDC «ha tendido a ser más riguroso precisamente por la necesidad de preservar la competencia en mercados ya excesivamente concentrados». Señalan que por las características de los contratos firmados por la empresa resultante de la fusión con los siete grandes estudios de Hollywood (se habla de siete u ocho en distintos puntos del expediente), resultaría «el cierre absoluto del mercado de forma que los competidores existentes o potenciales sólo pueden acceder a esos contenidos cinematográficos a través de Sogecable». Además explican que el hecho de que «en la situación previa a la fusión, la parte de esos contenidos correspondiente a Vía Digital fuera mucho menos que la de Sogecable no impide el juicio negativo que merece la operación». Es decir, precisamente demostraría la tendencia a la concentración, objetivo a evitar por el TDC. Los cuatro técnicos se remiten, en definitiva al informe de la Comisión Europea y al de Servicio de la Competencia que concluyen un refuerzo de la posición de Sogecable como principal adquiriente de derechos de retransmisión de películas en televisión de pago anulando al resto.