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Un tribunal impone hasta tres años de cárcel por piratear la señal de Movistar+

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La justicia española ha marcado un antes y un después en la lucha contra el pirateo televisivo, con una sentencia que impone penas de hasta tres años de prisión a los responsables de varias webs dedicadas a comercializar ilegalmente la señal de Movistar+ y de otros operadores de televisión de pago. El fallo supone el cierre definitivo de los portales servicio-iptv, servicioiptvccam y servicioiptvpremium por infracciones muy graves de la Ley de Propiedad Intelectual.

La resolución, dictada por la Audiencia Provincial de Málaga, tiene un carácter especialmente contundente: implica la entrada en prisión sin posibilidad de eludirla, incluso en el caso de carecer de antecedentes penales, una eximente que sí se había aplicado en procesos similares anteriores. Se trata, además, de una sentencia de conformidad, ya que los acusados reconocieron voluntariamente los hechos y aceptaron la pena propuesta por el fiscal, lo que reduce la carga del castigo y descarta la presentación de recursos.

Según la investigación, adelantada por elEconomista.es, el grupo delictivo ofrecía listas de acceso a más de 8.000 canales de televisión, nacionales e internacionales, a través de sus distintas webs. La operación policial se prolongó durante meses y fue desarrollada por la Policía Nacional, que finalmente logró desarticular la red organizada dedicada a la comercialización ilícita de señales de pago.

Dentro del catálogo ilegal destacaban los 64 canales exclusivos de Movistar+, cuya titular, Telefónica, lideró la acción judicial. Posteriormente se sumó ADIVAN, asociación que agrupa a importantes compañías del sector del entretenimiento y el streaming como Sony Pictures Entertainment Iberia20th Century Fox Home Entertainment España y The Walt Disney Company.

El tribunal también ha impuesto multas económicas, mantiene el bloqueo de las webs ilícitas y fija una responsabilidad civil a favor de Telefónica, estimada inicialmente en 80.000 euros. En su argumentación, el juez subraya el alcance económico del daño causado y la especial gravedad de los hechos, teniendo en cuenta el volumen de contenidos explotados sin autorización.

La sentencia detalla además el modelo de negocio de estas páginas, que ofrecían conexiones fraudulentas con tarifas para revendedores de 10 euros al mes, 35 euros por seis meses o 50 euros por un año completo, siempre con acceso a miles de canales. Estas circunstancias se consideran agravantes, al tratarse de un beneficio económico de especial trascendencia y una vulneración clara y reiterada de los derechos de propiedad intelectual.

Hasta ahora, las condenas por pirateo televisivo en España habían sido más leves. Como referencia histórica, en 1995 la Audiencia Provincial de Madrid impuso dos años de cárcel por la vulneración de la señal codificada de Canal+. Más recientemente, en 2023, se dictaron penas de seis meses a un año de prisión en casos relacionados con webs de enlaces a partidos de LaLiga o con la venta de TV Box configurados ilícitamente. Esta nueva resolución eleva el listón penal y sienta un precedente clave en la persecución del fraude audiovisual.

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4 COMENTARIOS

  1. Cae uno y aparecen tres, nadie en este mundo se cree que sirva para algo una condena así. La manera de acabar con la piratería está clara, Spotify marcó el camino, pero muchos todavía niegan lo evidente y le quieren poner vallas al campo para enriquecerse.

  2. El problema que para ver lo que se quiere hay que contratar 15 plataformas. La culpa es del gobierno por no tipificar como delito la exclusividad así como la geolocalización.

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