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La CNMV da luz verde definitiva a la OPA de MásMóvil sobre Euskaltel

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El Consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha autorizado, en su reunión, la oferta pública voluntaria de adquisición de acciones de Euskaltel, S.A. presentada por Kaixo Telecom, S.A.U. (Kaixo), vehículo inversor de los grupos internacionales Cinven, KKR y Providence, participado íntegramente por Masmobil Ibercom, S.A.U.

La aprobación de la CNMV se produce una vez que el Gobierno ha autorizado la inversión exterior.

La oferta se dirige al 100% del capital social de Euskaltel compuesto por 178.645.360 y el precio ofrecido es de 11 euros por acción.

La oferta es de tipo voluntario y se formula tras los acuerdos del oferente con tres accionistas de Euskaltel (Kutxabank, Corporación Financiera Alba y Zegona), titulares del 52,32% del capital, para su aceptación con sus respectivas participaciones y un acuerdo de colaboración con la propia Euskaltel.

Aunque la oferta es de tipo voluntario, su precio está sujeto al cumplimiento de los requisitos del artículo 137.2 del texto refundido de la Ley del Mercado de Valores (LMV). A tal efecto, el precio es en efectivo y el oferente ha aportado un informe de valoración realizado por BDO Auditores, S.L.P (BDO) en calidad de experto independiente que justifica el precio y la respectiva relevancia de los diferentes métodos de valoración aplicados.

El informe se ajusta, asimismo, a los criterios del artículo 10 del Real Decreto sobre opas, con el fin de dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 11.d) de dicho precepto para la excepción de oferta de exclusión.

La efectividad de la oferta está condicionada a que las aceptaciones comprendan un mínimo de 133.984.021 acciones equivalentes al 75% del capital social de Euskaltel más una acción.

En garantía de la operación, se han presentado avales de 10 entidades financieras por 1.965.098.960 euros.

El plazo de aceptación será de 24 días naturales a partir del día hábil bursátil siguiente a la publicación del primer anuncio con los datos esenciales de la oferta, finalizando también en día hábil bursátil.

El oferente declara en el folleto que si se cumplen los requisitos del artículo 47 del RD de opas tiene intención de exigirá la venta forzosa, lo que conllevará la exclusión en bolsa de Euskaltel. Si no se cumplen tales requisitos pero alcanza al menos el 75% del capital, tiene intención de promover la exclusión mediante el procedimiento de excepción de opa de exclusión previsto en el artículo 11.d) del RD de opas, cumpliendo así el artículo 82.2 de la LMV. En el caso de no alcanzar el citado porcentaje, el oferente analizará la conveniencia de mantener las acciones de Euskaltel cotizadas o promover la formulación de una oferta de exclusión conforme a los términos del artículo 10 del RD de opas.

El folleto y los documentos complementarios, que se incorporarán a los registros públicos de la CNMV, podrán ser consultados al menos a partir del día hábil bursátil siguiente a la publicación del primer anuncio con los datos esenciales de la oferta.

 

 
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FuenteCNMV
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