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Competencia rechaza que RTVE devuelva a Telefónica y Orange las tasas que aportaron a la pública

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La Comisión Nacional del Mercado de la Competencia (CNMC) ha publicado varias resoluciones en las que desestima la petición de Telefónica y Orange para que les sea devuelto el dinero aportado en los años 2012, 2013 y 2014 (en forma de pagos a cuenta y autoliquidaciones) para financiar RTVE, al entender estas compañías que la Ley de Financiación de la corporación es inconstitucional y contraria a la normativa europea.

El órgano regulador ha razonado que las peticiones no se fundan en la existencia de posibles errores fácticos en la determinación de la cuota a ingresar o en una incorrecta aplicación de la normativa, sino única y exclusivamente en la supuesta vulneración del ordenamiento jurídico por parte de la Ley de Financiación de RTVE y de su reglamento de desarrollo. Por tanto, considera que, tratándose de normas vigentes, deben ser observadas y cumplidas por esta comisión.

En consecuencia, la CNMC considera que es indudable la imposibilidad de dejar de aplicar determinados preceptos de una Ley o de un reglamento por ser presuntamente inconstitucionales so pretexto de que los mismos perjudican sus intereses legítimos, ya que no le corresponde valorar si la ley es constitucional o si cumple la normativa europea sino hacer respetar la normativa vigente.

Así, entiende que ni las alegaciones ni los documentos presentados conjuntamente con sus solicitudes constituyen prueba suficiente de perjuicio de sus intereses legítimos. Asimismo, tampoco aprecia error alguno en la base imponible de las autoliquidaciones ni una incorrecta aplicación del tipo de gravamen que haya producido un mayor ingreso a favor de la Administración.

Argumentación de Orange y Telefónica

En su petición de rectificación Telefónica pedía la devolución de los importes ingresados a RTVE, ya que, a su juicio, parece evidente que los operadores de telecomunicaciones no van a percibir ingresos directos por la supresión del régimen de publicidad retribuida a la corporación partir del año 2010.

En este sentido, Telefónica recuerda que, teniendo en cuenta que el modelo económico de los operadores de telecomunicaciones se basa en el cobro de cuotas a sus clientes, sus ingresos correspondientes a publicidad son insignificantes.

Así, la empresa de telecomunicaciones manifiesta que el pago de la aportación supone cerca de 50 millones de euros anuales (el 0,9% de sus ingresos), lo que, a su entender, resulta una cifra absolutamente desproporcionada comparada con los ingresos por publicidad obtenidos en el mismo periodo.

En esta misma línea se pronuncia Orange, para quien no deja de ser harto discutible que la supresión del régimen de publicidad retribuida por RTVE implique la obtención de riqueza alguna gravable para los operadores de telecomunicaciones en general y para Orange en particular.

De hecho, en la propia Memoria Económica del Proyecto de Ley que derivó en la actual legislación, el Gobierno no identificó el impacto positivo para los operadores de telecomunicaciones que se derivaría de la supresión de la publicidad en RTVE, afirma.

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