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Ninguna ley puede obligar a una empresa pública o privada a perder dinero por el partido en abierto de LaLiga 1ª Div.Rfa_86 escribió: ↑29 Feb 2024, 19:41 Y si no que quiten la obligación por ley de dar un partido por jornada en abierto, pero no me parece justo que veten a los clubes con más audiencia.
*No es Danz, sino DAZN.DianaDa2000 escribió: ↑05 Mar 2024, 19:20La puja en abierto puede quedar desierta, y adjudicar ese partido a M+ y/o *Danz, que es lo más sensato.
2.2.7 Opción D bis
2.2.7.1 Lote D.1 bis (Telefónica)
Debe tenerse en cuenta que el contenido de este Lote también será emitido en directo
por el (a) el Adjudicatario del Lote que se comercialice en un procedimiento de
solicitud de ofertas posterior de un (1) partido por jornada del Campeonato Nacional de
Liga de Primera División para su emisión en televisión en abierto, en no exclusiva, y
por (b) el Adjudicatario del Lote que se comercialice en un procedimiento de solicitud
de ofertas posterior para establecimientos públicos (Horeca).
2.2.7.2 Lote D.2 bis (DAZN)
Debe tenerse en cuenta que el contenido de este Lote también será emitido en directo
por el (a) el Adjudicatario del Lote que se comercialice en un procedimiento de
solicitud de ofertas posterior de un (1) partido por jornada del Campeonato Nacional de
Liga de Primera División para su emisión en televisión en abierto, en no exclusiva, y
por (b) el Adjudicatario del Lote que se comercialice en un procedimiento de solicitud
de ofertas posterior para establecimientos públicos (Horeca).
2.2.7.3 Lote D.3 bis (Telefónica)
Debe tenerse en cuenta que el contenido de este Lote también será emitido en directo
por el (a) el Adjudicatario del Lote que se comercialice en un procedimiento de
solicitud de ofertas posterior de un (1) partido por jornada del Campeonato Nacional de
Liga de Primera División para su emisión en televisión en abierto, en exclusiva, y por
(b) el Adjudicatario del Lote que se comercialice en un procedimiento de solicitud de
ofertas posterior para establecimientos públicos (Horeca).
Entonces, es problema de LaLiga.
Disposición transitoria primera. Catálogo transitorio de acontecimientos de interés general para la sociedad.
En tanto no se apruebe el catálogo de acontecimientos de interés general para la sociedad, previsto en la disposición adicional primera, se emitirán en directo y en abierto los acontecimientos detallados en el artículo 146.3.d) y e), siempre que haya algún prestador del servicio de comunicación audiovisual televisivo en abierto interesado en difundirlo.
Artículo 146. Catálogo de acontecimientos de interés general para la sociedad.
1. Mediante Acuerdo del Consejo de Ministros, a propuesta de la persona titular del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital y previo informe de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia y de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, se aprobará un catálogo con vigencia de cuatro años que incluya los acontecimientos de interés general para la sociedad que deberán emitirse mediante servicios de comunicación audiovisual televisivos en abierto y de ámbito estatal.
2. El catálogo previsto en el apartado anterior determinará en todo caso si, por razones de interés público, los acontecimientos deben ser transmitidos total o parcialmente en directo, o en caso necesario, por razones de interés público, total o parcialmente en diferido.
3. El catálogo de acontecimientos de interés general para la sociedad previsto en el apartado primero podrá incluir los siguientes acontecimientos:
a) Los juegos olímpicos y paralímpicos de invierno y de verano.
b) Los partidos oficiales de la selección española absoluta masculina y femenina de fútbol y de baloncesto.
c) Las semifinales y la final tanto masculina como femenina de la Eurocopa de fútbol y del Mundial de fútbol.
d) Las semifinales y finales de la Copa del Rey y de la Copa de la Reina de fútbol.
e) Un partido por jornada de la Liga Profesional de Fútbol de la Primera División y de la Primera División femenina RFEF, designado con una antelación mínima de diez días.
f) Grandes Premios de automovilismo que se celebren en España.
g) Grandes Premios de motociclismo que se celebren en España.
h) Participación de la Selección Española Absoluta masculina y femenina en los Campeonatos de Europa y del Mundo de balonmano.
i) La Vuelta Ciclista a España.
j) El Campeonato del Mundo de ciclismo.
k) La participación española en la Copa Davis de tenis y en la Copa FED.
l) La participación de tenistas de nacionalidad española en las semifinales y la final de Roland Garros.
m) Participación española en los Campeonatos del Mundo y Europa de atletismo y natación.
n) Grandes premios o competiciones nacionales e internacionales que se celebren en España y cuenten con subvención pública estatal o autonómica.
ñ) Gala de entrega de los Premios Goya a los mejores profesionales de cada una de las especialidades técnicas y creativa de la industria cinematográfica.
o) Gala de entrega de los Premios MAX de las Artes Escénicas.
4. Excepcionalmente, mediante Acuerdo del Consejo de Ministros, a propuesta de la persona titular del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital y previo informe de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia y la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, se podrán incluir en el catálogo previsto en el apartado 1 otros acontecimientos considerados de interés general para la sociedad, adicionales a los previstos en el apartado anterior.
5. Las Comunidades Autónomas, a propuesta de sus autoridades audiovisuales competentes, podrán elaborar catálogos de eventos de interés general para los habitantes de su territorio que deberán ser emitidos en abierto por los prestadores bajo su competencia.
6. Cuando en algún acontecimiento incluido dentro del catálogo de acontecimientos de interés general participen equipos o personas originarios de una Comunidad Autónoma con lengua oficial, se podrán emplear servicios a través de televisión conectada para la retransmisión de los mismos en la lengua oficial de dicha Comunidad Autónoma.
7. La aprobación del catálogo de acontecimientos de interés general y las medidas para su ejecución se notificarán a la Comisión Europea por la autoridad audiovisual competente.
¿Existen ejemplos de gobiernos autonómicos marcando eventos como interés general? No sabía que tenían esa competencia, pensaba que era solo a nivel nacional.5. Las Comunidades Autónomas, a propuesta de sus autoridades audiovisuales competentes, podrán elaborar catálogos de eventos de interés general para los habitantes de su territorio que deberán ser emitidos en abierto por los prestadores bajo su competencia.
El Gobierno de Canarias con el derbi Canario, para intentar emitirlo por TV Canaria cuando lo había escogido canal plus (Segunda División). Creo que fue en 2011, y luego en 2013 el Tribunal Superior de Justicia de Canarias determinó que se extralimitaron. Si te interesa la anécdota puedes encontrar bastante información sobre el caso, pero a modo de resumen:
Espero te fuese de utilidad la información"(el Gobierno canario) carecería de competencia, por cuanto, del contexto de la ley, las competiciones estatales corresponden al Estado y solo será competente la comunidad autónoma cuando dichas competiciones o espectáculos deportivos se circunscriban al territorio de una CCAA o se trate de selecciones autonómicas", razona la magistrada ponente de la sentencia, María Pilar Alonso Sotorrío.
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