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Los acreedores de Kirch dan luz verde a la venta de KirchSport a sus directivos

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Los acreedores de Kirchmedia, la unidad de medios del grupo en quiebra alemán Kirch, han aprobado la venta de KirchSport, la filial que detenta los derechos deportivos de televisión del grupo, a varios directivos de la empresa.

Dichos derechos de emisión deportivos incluyen los del Mundial de Fútbol de 2006 y la liga alemana de fútbol. KirchSport, con sede en Suiza, espera cerrar la compra la próxima semana por una suma que no se ha hecho pública. La operación está liderada por el exdirector general de Adidas, Robert Louis Dreyfus, quien cambió la suerte del gigante de ropa deportiva cuando fue su director general y luego presidente, y es la opción preferida por la FIFA como dententor de los derechos del mundial.

El acuerdo, anunciado por Sportbusiness.com hace ya unas semanas, mantendría el equipo directivo tal y como está ahora, y apela a la FIFA, ya que le asegura que seguirá trabajando con el mismo equipo con experiencia de su más preciada propiedad. La comisión de acreedores de Kirchmedia, que se reunió ayer en Munich, dio el visto bueno a la venta de Kirch Sport a cinco miembros de la dirección de éste, entre ellos, Guenter Netzer, antiguo jugador del Real Madrid y del Borussia de Moenchengladbach en los años 70.

Leo Kirch pagó más de 1,1 millones de euros por los derechos del Mundial de 2006, que se organizará en Alemania. Los derechos de la Bundesliga, negociados a la baja, ascienden a 580 millones. A pesar de informaciones aparecidas en la prensa, Kirch ha luchado para vender los derechos del mundial de este verano y el de 2006, y Kirch y la FIFA consideran las ventas un éxito. Era sabido que Dreyfuss tenía que hacer frente a una oferta rival, ya que tenía la oposición de Leo Kirch y Dieter Hahn, el antiguo director de Kirch, pero al final se ha llevado el gato al agua.

La CMT aprueba las normas de CSD para comprar fútbol desde locales públicos

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La Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones ha aprobado el modelo de anexo al contrato de suscripción a Canal Satélite Digital para permitir a sus abonados hacer uso del descodificador en locales públicos y acceder a los partidos de fútbol. También incluye los que, en su caso, retransmita Canal+.

En otra resolución, la CMT aprueba igualmente el modelo de contrato a suscribir entre Sogecable y los particulares para el uso de los descodificadores y la prestación del servicio de televisión digital mediante acceso condicional. La CMT ha velado en ambos casos por el cumplimiento de la legislación sobre defensa de los consumidores y usuarios.

Según el último informe anual de la Comisión del Mercado de Telecomunicaciones (CMT), los clientes de las plataformas digitales compraron en el 2001 casi 10,5 millones de pases de películas, frente 5,3 millones de adquisiciones de encuentros de fútbol.

Las compras de partidos han descendido un 12,79% con respecto al año anterior, mientras las películas vistas en pago por visión han aumentado un 38,73%. Si en el 2000 el reparto de contrataciones en taquilla entre los estrenos cinematográficos y el denominado deporte rey se acercaba al 50-50, el año pasado la brecha entre ambos se amplió notablemente. Sin lugar a dudas, el tirón del cine es el único responsable de que las compras en taquilla aumentaran en el 2001 casi un 15%, hasta llegar a rondar los 16 millones de compras.

El anuario del año 2002 de GECA recoge una encuesta de Demoscopia en la que los entrevistados sitúan al fútbol como segunda razón por la que se han abonado a alguna de las plataformas de pago, sólo superada por la oferta general de los canales (únicamente uno de cada diez abonados destaca la importancia de los estrenos cinematográficos). Sobre todo, son los abonados a la plataforma de Sogecable los que dan relevancia a la oferta futbolística.

También hay que tener en cuenta el acicate que puede suponer la notable diferencia de precio entre ambos productos: tanto en Canal Satélite como en Vía Digital los partidos en directo cuestan 11,99 euros y las películas 3,75.

Canal+ Technologies concluyó con éxito del cambio de sus tarjetas inteligentes

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Canal+ Technologies, uno de los principales proveedores de televisión interactiva, ha anunciado hoy que ha terminado con éxito la mejora del sistema de acceso condicional SECA de tres de sus clientes, las plataformas digitales de España, Polonia e Italia.

Una nueva versión de Mediaguard, el sistema de acceso condicional de Canal+ Technologies, se ha introducido con éxito en estos países, y pronto entrará en funcionamiento en Francia. La operación de cambio de tarjetas inteligentes se ha hecho de forma rápida y eficaz en estos tres países, y no ha supuesto ningún problema para los abonados, a pesar del gran número de hogares implicados. Con las nuevas tarjetas se ha suprimido por completo la piratería y el número de las nuevos abonados a estas plataformas se ha incrementado.

Telepiu de Italia ha sido la última en completar el cambio de tarjetas, y también la que ha experimentado el mayor aumento de abonados en toda la vida de esta plataforma, 170.000 nuevos abonados en el mes de septiembre. Desde que el intercambio de las tarjeta por las nuevas terminó el pasado mes de junio, Telepiu ha ganado 240.000 nuevos abonados, ascendiendo ahora mismo el número total a 1.6 millones.

Muchos abonados abonados al paquete básico, pero que tenían acceso a los paquetes más caros de la plataforma italiana gracias a las tarjetas piratas, al quedarse sin ellas han aumentado su suscripción a paquetes más caros, y además, se ha aumentado el número de abonados- 155.000 sólo en septiembre, y un total de 200.000 desde junio.

François Carayol, presidente de Canal+ Technologies, comentó que: «el gran aumento de nuevos abonados de Telepiu se debe en gran parte al cambio de las tarjetas inteligentes por la nueva versión del sistema de acceso condicional, más robusto que el anterior, y de hecho, actualmente no se puede piratear».

Gracias al nuevo microchip y al nuevo software mejorado, Mediaguard proporciona el nivel más alto de seguridad disponible ahora mismo en la televisión digital. Después del éxito en el intercambio de las tarjetas de abonados en España, Polonia e Italia, esta semana Canal+ Technologies comenzará a distribuir las nuevas tarjetas a los abonados de la plataforma francesa Canal Satellite, poniendo fin a la piratería de la plataforma. Las nuevas tarjetas inteligentes son el resultado de una extensa investigación. Más sofisticadas y complejas, las nuevas tarjetas son, gracias a la reforma del sistema de acceso condicional, Mediaguard, las más seguras del mercado.

Debido a el alto número los operadores implicados, la amplia gama de terminales usados por los abonados y los equipos de cabecera que necesitaron ser actualizados, el cambio por parte de Canal+ Technologies de tarjetas inteligentes ha sido su operación mayor y más compleja en el mundo de la de televisión digital. A día de hoy, se han enviado más de 6.5 millones de tarjetas inteligentes nuevas con el nuevo sistema Mediaguard.

Bruselas alerta de que la fusión digital amenaza la viabilidad de los cableoperadores

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La CE advierte que el proyecto dificulta el acceso a los contenidos de televisión al resto de operadores y les perjudica en su posicionamiento en Internet y telefonía.

La decisión de la Comisión Europea de trasladar a España el expediente de la fusión entre Vía Digital y Canal Satélite ha sido acompañada de un exhaustivo informe sobre los efectos que dicha operación tiene para la competencia. La CE analiza tanto los mercados de televisión como los mercados de telecomunicaciones y señala que la concentración supone un «vínculo significativo entre el operador dominante en el mercado de la TV de pago y el operador dominante en toda una serie de mercados en el sector de las telecomunicaciones».

Bruselas pone el dedo en la llaga cuando afirma que la concentración supone una amenaza por cuanto que refuerza la posición dominante de la futura Sogecable en el mercado de la TV de pago. El informe detalla que tras el reciente cierre de Quiero TV sólo se mantienen como competidores de Sogecable y Vía Digital en este segmento del negocio los operadores de cable, cuyas demarcaciones están delimitadas territorialmente. Bruselas precisa que con la fusión, la cuota de mercado de la nueva plataforma resultante podría superar el 90 por ciento en volumen de ventas.

Proyecto Imagenio

Un aspecto en el que el análisis de la CE hace especial hincapié reside en que actualmente Telefónica es el único operador que tiene previsto entrar en el mercado de la televisión de pago, a través de su proyecto Imagenio. El objetivo de Telefónica con Imagenio consiste en suministrar una oferta conjunta de servicios de TV de pago, telefonía y acceso a Internet de banda ancha utilizando su red ADSL en todo el territorio español. Con la fusión, es lógico pensar que esta competencia efectiva de Telefónica dejará de existir para la futura Sogecable.

La Comisión analiza también lo que denomina mercados ascendentes de la TV de pago, en concreto las películas de estreno y el fútbol, que son objeto de contratos exclusivos. En materia de cine de estreno, la CE reitera que la operación notificada amenaza con reforzar la posición dominante de Sogecable, por lo que una competencia efectiva se vería obstaculizada «de manera significativa» en el mercado español.

En cuanto al fútbol televisado, el análisis destaca la desaparición de Telefónica como competidor de Sogecable a la hora de comprar derechos televisivos. En este sentido, la Comisión recuerda que la fusión incluye la adquisición por parte de Sogecable de la participación que tiene Telefónica-Admira en Audiovisual Sport (40 por ciento), sociedad que gestiona los derechos de los clubes de fútbol para la explotación de sus partidos televisados.

Dominio en fútbol de pago y toros

Bruselas señala que la futura plataforma única se hará con los derechos que ahora pertenecen a Telefónica en el seno de Audiovisual Sport, lo que incrementará el dominio de la nueva Sogecable hasta entre un 60-75 por ciento del mercado: «Por tanto, existe una amenaza de crear una posición dominante en el lado de compra para la adquisición de derechos de transmisión de acontecimientos futbolísticos en que participen equipos españoles…», concluye la CE sobre este asunto.

El documento añade que esta posición dominante de Sogecable en el mercado mayorista de fútbol televisado le puede permitir también un reforzamiento de su posición de dominio en el mercado descendente de la televisión de pago, donde compite con otros licenciatarios de Audiovisual Sport.

Siguiendo el detalle pormenorizado de los distintos mercados de contenidos, la Comisión incluye el análisis de otros espectáculos que conllevan derechos exclusivos como es el caso de las corridas de toros. En este segmento reitera la misma conclusión y es que la fusión amenaza con crear o reforzar posición de dominio y obstaculizar de manera significativa la competencia. Igual ocurre en la producción y comercialización de canales temáticos.

El estudio dedica una buena parte de sus consideraciones a los mercados de telecomunicaciones afectados por la fusión. Tanto el acceso a Internet como la telefonía fija forman parte del trabajo de la Comisión.

Mercados de Internet

En lo que se refiere al mercado del acceso a Internet, Bruselas recuerda que Telefónica proporciona más del 80 por ciento de líneas ADSL en España, pero además controla el cien por cien del mercado mayorista, debido «a la falta de apertura significativa, en la práctica, del bucle local en España».

La Comisión Europea añade a esta situación la dificultad que van a tener otros operadores para acceder a los contenidos televisivos, que son el principal reclamo para estructurar una oferta conjunta de televisión y servicios de telecomunicaciones.

En cuanto a telefonía fija, el texto reconoce que Telefónica representa el 87 por ciento del total de los ingresos en España. Esta participación se desglosa en un 88 por ciento de cuota en llamadas metropolitanas, un 84 por ciento en llamadas provinciales, un 83 por ciento en llamadas interprovinciales e igual cantidad en internacionales y un 79 por ciento en llamadas de fijo a móvil.

A tenor de estas cifras, la Comisión llega a la conclusión de que la fusión «refuerza la posición dominante de Telefónica en la prestación de servicios de telefonía fija a usuarios finales y de infraestructuras». Además, el dictamen resalta que el desarrollo de la prestación de tales servicios de suministro de infraestructuras «puede verse amenazado en la medida que la operación de concentración suponga la exclusión o marginalización de los operadores de cable».

Los cableoperadores son, de acuerdo con el análisis elaborado por los responsables europeos de la Competencia, cuyo titular es Mario Monti, los grandes damnificados de la fusión digital: «Los efectos anticompetitivos amenazan con afectar de manera destacada a los operadores de cable en España, que representan la principal y casi única fuente de competencia a la plataforma satelital de TV resultante de la fusión. Tales operadores de cable representan igualmente la principal alternativa competencial a Telefónica en diversos mercados de telecomunicaciones, en los que el operador histórico español (Telefónica) es ya dominante».

El análisis especifica claramente que los cableoperadores tendrán difícil el acceso a los contenidos audiovisuales para su servicio de televisión de pago y tal debilitamiento en este negocio les perjudicará también en otros mercados como los del acceso a Internet y la telefonía fija. La Comisión reconoce que durante el periodo de consultas, diversos operadores de cable han llegado a quejarse de que la coordinación de estrategias entre Sogecable y Telefónica «pueda llegar a suponer una amenaza a su propia supervivencia».

Las reclamaciones de las compañías que operan en el sector del cable están ya sobre la mesa de trabajo del Tribunal de Defensa de la Competencia, cuyo informe final será entregado al Gobierno a mediados del próximo mes de noviembre. No obstante, previamente, en concreto el miércoles que viene, día 16, expira el plazo para que cualquier interesado en el expediente de fusión pueda formular su recurso oficial ante el Tribunal de las Comunidades Europeas de Luxemburgo. Este recurso no puede orientarse contra la decisión definitiva del Gobierno español, que todavía no se ha pronunciado al respecto, pero sí puede dirigirse en contra de la decisión de la Comisión Europea de reenviar el expediente de la operación al Reino de España.

«Corralito digital»

El eventual recurso ante el Tribunal de Luxemburgo afectaría los calendarios de la mencionada fusión por cuanto que es de presumir que el proceso exija medidas cautelares que fuercen un compás de espera en la toma final de decisiones en España. Hasta ahora, los cableoperadores no han elevado el tono de su protesta fuera de los circuitos estrictamente oficiales, si bien el presidente de Ono, Eugenio Galdón, ha señalado en repetidas ocasiones que la concentración de Vía Digital y Canal Satélite representa la creación en España de un «corralito digital».

En medios de estas compañías existe la convicción de que Bruselas ha acotado el terreno para que sea el Gobierno español el que asuma el coste político de condicionar la fusión. Como se ha podido comprobar, a la luz del dictamen elaborado por el equipo de Monti, la Comisión Europea se ha despachado a gusto con el análisis más riguroso de todos los negocios afectados por la fusión y no ha tenido reparos a la hora de denunciar las posiciones de dominio que el Grupo Prisa y Telefónica ejercen en sus respectivos mercados, tanto actualmente como, sobre todo, y con mayor intensidad, después de la fusión. Sin embargo, pese a la claridad de ideas que muestra Bruselas en sus consideraciones, la decisión final de Monti ha sido la de ceder gustosamente a la petición del Gobierno español para que sean las autoridades de Competencia del Ministerio de Economía las que emitan el veredicto final. El comisario se ha fundamentado para ello en el artículo 9 del Reglamento de concentraciones, que viene a facultar a las autoridades nacionales de cada Estado miembro para que resuelvan en este tipo de operaciones cuando es su propio mercado geográfico el que está afectado. La fusión digital tiene consideración de operación de dimensión europea, pero Monti ha preferido «lavarse las manos» dado que los efectos en la competencia se producen básicamente en nuestro país. La única forma de que Monti recuperase la potestad del expediente sería que así lo dictaminase el Tribunal de Luxemburgo, pero esta posibilidad tiene que ser motivada a instancia de parte con un eventual recurso que todavía no se ha producido.

Los cableoperadores están esperando que el Tribunal de Defensa de la Competencia reconozca la complicada situación a la que están abocados como consecuencia de la fusión. Con esta premisa, los citados operadores ya se han posicionado como parte afectada y confían en que el Gobierno encuentre soluciones alternativas que desemboquen en medidas compensatorias para un sector netamente inversor y que en su día fue definido como la quintaesencia de la Sociedad de la Información.

Acuerdos comerciales

Para estos operadores, potencialmente perjudicados por la concentración, lo ideal no es que el Consejo de Ministros vete la fusión -posibilidad harto improbable, por otra parte- sino que la operación revierta también en beneficio de ellos a la hora de acceder al mercado. Dicho de otro modo, los cableoperadores confían en que el Gobierno obligue a la nueva plataforma a efectuar algún tipo de acuerdo comercial con las empresas del cable. De ahí que la fecha del 16 de octubre pase, tal vez, inadvertida y sin más ruidos.

El accionista principal de Vivendi deja en el aire la estrategia del grupo

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El canadiense Edgar Bronfman Jr, accionista principal de Vivendi Universal, estimó ayer que existen «probablemente centenares de escenarios diferentes» a estudiar antes de determinar la dirección estratégica del grupo francés.

En una entrevista concedida a «Los Angeles Times», Bronfman señaló que durante algunos meses más examinara con el presidente del grupo, Jean-René Fourtou las opciones posibles. «No es únicamente un negocio de francés contra inglés. Para Fourtou, es una nueva industria que tiene su propio lenguaje y sus propios ritmos», explicó. «Fourtou me dijo que él no conoce este sector y que necesitaba a alguien que hiciera de intérprete en las negociaciones. Yo espero que los dos próximos meses sean intensos», sentenció Bronfman.

Según «Los Angeles Times», Fourtou afirmó en el consejo de administración de Vivendi Universal en septiembre que Bronfman tendría que asumir un papel más importante de conexión con las direcciones de las actividades de cine, música, televisión, juegos y parques temáticos.

El diario asegura que el grupo deberá vender probablemente al menos una parte de sus actividades de diversión a una o varias compañías estadounidenses de medios de comunicación. «Una escisión eventual dependerá no obstante de la mejora de las condiciones del mercado, que los analistas no esperan antes de un año o dos», explicó el directivo canadiense.

Según el diario, Bronfman rechazó una propuesta de Fourtou de ocupar una «función ejecutiva salarial» dentro de Vivendi Universal, ya que él prefiere mejorar la comunicación existente «entre París y Hollywood».

El Gobierno interfiere en la televisión

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El Ejecutivo ha pisado el acelerador para impulsar importantes reformas tanto en la propiedad de las empresas de televisión españolas como en las fórmulas de emisión.

Dos propuestas legislativas del Partido Popular, ambas incorporadas a la Ley de Acompañamiento de los Presupuestos Generales del Estado, van a cambiar drásticamente el panorama del negocio de la televisión en España. Los cambios han provocado la inquietud de consumidores y partidos de la oposición, pero han generado buenas expectativas en el sector.

La primera de las medidas se conoció el pasado viernes, cuando Mariano Rajoy, vicepresidente primero del Gobierno, desvelaba la intención del Ejecutivo de proceder a eliminar la limitación legal que tienen los accionistas de las empresas de televisión de no poder controlar más allá del 49% del capital.

La modificación prevista no fijará limitación alguna, por lo que a partir de su aprobación un solo accionista podría llegar a tener el 100% de la empresa.

La medida, que fue duramente criticada por los partidos políticos de la oposición y por las organizaciones de consumidores que la calificaban como una forma de romper la pluralidad informativa en las televisiones y la acusaban de imitar el modelo de Berlusconi en Italia, permite dar una vía de solución a la definitiva clarificación de los accionariados de dos grandes cadenas españolas de televisión privada: Telecinco y Antena 3. Los propietarios de la primera, el grupo italiano Mediaset y el grupo Correo, verán enormemente simplificada su labor actual de búsqueda de un accionista estable con el que repartir el 25% de la compañía, hasta ahora propiedad del grupo alemán Kirch y desde el pasado mes de septiembre en poder del germano Dresdner Bank.

Una vez que se apruebe la modificación, el grupo Correo y Mediaset podrán adquirir directamente el paquete sin necesidad de acudir a accionistas de perfil financiero.

El mismo tratamiento podrán dar al paquete aparcado en el fondo holandés Ice Finance, que compró el 10% que poseía Planeta. Idéntico margen de maniobra tendrá ahora Telefónica para fortalecer su posición en Antena 3 de cara a la anunciada salida a Bolsa de la compañía de televisión.

Sólo cuatro días después de que Rajoy desvelará la intención del Gobierno, el Partido Popular anunciaba su intención de presentar una enmienda en la Ley de Acompañamiento que permitirá de facto la integración de las emisoras locales de televisión y posibilitará que puedan operar como cadena.

La modificación otorgará a la Administración General del Estado plena capacidad para autorizar la formación de cadenas y la emisión en cadena en ámbitos supraautonómicos. Con esta modificación se acabará con el vacío normativo con el que hasta ahora se habían movido empresas como Localia, controlada por el grupo Prisa, editor de Cinco Días, o las emisoras de televisión local ligadas al grupo Correo.

El Gobierno también ha mostrado su voluntad de redactar un plan técnico para la asignación de frecuencias a las emisoras de televisión local que, aún estando reconocidas en la Ley de 1995, han estado funcionando como emisoras alegales al ocupar lugares en el espacio radioeléctrico de forma espontánea y sin un plan previo de asignación ordenada. Esta ocupación de espectro ha producido en diversas ocasiones interferencias sobre las señales de televisión de ámbitos autonómicos y nacionales.

Operaciones en curso

De momento, las modificaciones legales futuras del sector se quedan aquí. El Partido Popular ha optado por no entrar en uno de los temas que previsiblemente más polémica levantaría; permitir que un mismo accionista pueda permanecer en el capital de dos empresas de televisión, algo expresamente prohibido bajo la legislación actual.

Estas iniciativas, que tendrán reflejo normativo, coinciden con otras tres operaciones cuyo resultado tendrá una gran trascendencia en el rediseño del sector en los próximos tiempos.

Se trata del proyecto de fusión de las plataformas de televisión digital por satélite, Canal Satélite Digital y Vía Digital, de la fusión de las empresas de cable de Auna, entre ellas y con Retevisión (así como de las negociaciones para la unión con Ono) y, finalmente, de la consolidación o no del proyecto de difusión de señales por ADSL de Telefónica, conocido como Imagenio. Por su parte, el Ministro de Ciencia y Tecnología, Josep Piqué, ha aludido en distintas ocasiones a la necesidad de reasignar las frecuencias de la desaparecida plataforma Quiero TV entre los nuevos canales de televisión digital terrestre de TVE, Antena 3, Telecinco y Canal+.

Fresh Interactive Technologies lanza Banner Travel, un nuevo formato de publicidad interactiva

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Vía Digital y la empresa de soluciones para televisión digital Fresh Interactive Technologies han llegado a un acuerdo para el lanzamiento de un nuevo formato de publicidad interactiva que, bajo el nombre de Banner Travel, ofrece la posibilidad de lanzar un banner durante la emisión de programas documentales sin que éstos sean interrumpidos.

Esta nueva aplicación interactiva se dirige al mercado de centrales de publicidad, agencias de viajes, portales de viajes, etc., ofreciendo grandes ventajas para los anunciantes. El sistema permite la emisión sincronizada de una campaña en varios canales al mismo tiempo, consiguiendo aumentar la base de audiencia y segmentar el mensaje entre los programas más afines al anunciante.

La aparición del banner puede realizarse en cualquier programa, elemento de continuidad, spot, etc, sin que este sea afectado en su emisión. En el momento en que el banner aparece, el espectador interesado por la información que en él se ofrece puede optar por abrirlo, con lo que accedería a una segunda pantalla. En ella encontrará el resto de datos y la posibilidad de solicitar más información mediante la aplicación interactiva que conecta a un Call Center. Otra de las grandes ventajas de este sistema es la capacidad de medir con exactitud los impactos que se consiguen en cada campaña.

Con este acuerdo, Vía Digital y Fresh It ofrecen modelos publicitarios que adaptan la presentación de un determinado producto al contenido audiovisual en que se ofrece, consiguiendo precisión en la elección del público objetivo. Con el formato del Banner Travel se mejora la percepción del anunciante y la capacidad de respuesta por parte del cliente. Así, por ejemplo, durante la emisión de un documental de pesca submarina en el Mar Rojo, podría aparecer un Banner Travel ofreciendo un viaje a dicha zona.

La televisión digital genera empresas especializadas en productos de pago

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El desarrollo de la televisión digital empieza a propiciar en algunos países la aparición de empresas intermedias especializadas en elaborar y ofrecer productos complementarios al margen de la programación oficial, destinados a satisfacer la oferta interactiva de la cadena.

Josep Majó, presidente del European Institute for the Media (Instituto Europeo para los Medios) con sede en Düsseldorf, ha ilustrado para este diario alguno de estos servicios. Así, en el caso de España, sería posible, por ejemplo, que al término de un partido de fútbol apareciera en la pantalla un cartelito en el que se preguntase al espectador si quiere ver todos los goles que ha hecho el equipo vencedor en los últimos dos meses. En caso de respuesta afirmativa, al televidente se le cargaría una módica cantidad -«en torno a los 10 céntimos»- y la cadena de televisión derivaría la conexión a este nuevo operador de mercado.

«Las posibilidades son infinitas», ha declarado Majó, que será uno de los principales protagonistas del 14.º Foro Europeo de la Televisión y el Cine, que a partir de mañana reunirá en el World Trade Center de Barcelona durante tres días a 300 de los principales expertos en el sector de los medios. Major, ex ministro de Industria en los primeros años ochenta, es además director del Institut Català de Tecnologia.

«El papel del foro -ha comentado Joan Majó- no será el de discutir los aspectos técnicos de estas novedades, sino el tipo de servicios y de negocios que se perfilan. Debatiremos sobre los éxitos y fracasos en los países donde ya se han constituido experiencias de este tipo como en EE.UU., el norte de Europa y en Inglaterra.» El de los nuevos operadores de mercado es sólo uno de los temas que se someterán a debate estos días en Barcelona. También se hablará de la posibilidad de establecer un sistema que mediante un módico pago permita ver películas sin publicidad y, entre otros asuntos, la eventualidad de que las televisiones públicas ofrezcan espacios totalmente gratuitos sin que ello les impida emitir además «servicios de valor añadido previo pago».

El foro de Barcelona, que será presidido por el ex ministro portugués Francisco Pinto Balsemao, ha sido organizado con el respaldo financiero de la Corporació Catalana de Ràdio i Televisió (CCRTV) y con el apoyo técnico del Centre de l»Audiovisual de Catalunya (CAC).

Como ha señalado Majó, a diferencia de la Unión Europea de Radio y Televisión (UER), en la que sólo están representadas las televisiones públicas (en el caso español de ámbito estatal, es decir, excluidas las autonómicas), el foro brinda cada año la ocasión para que las televisiones privadas, las autonómicas y las públicas puedan debatir en profundidad el presente y el futuro del sector.

Récord de audiencia en AXN con la emisión del primer episodio de la segunda temporada de C.S.I.

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El martes 8 de octubre, «C.S.I.» fue de nuevo el espacio más visto en Canal Satélite Digital.

AXN estrenó ayer la segunda temporada de C.S.I. Al igual que ocurrió el sábado día 5, durante la emisión de este primer episodio de la segunda temporada de C.S.I., AXN fue el canal más visto de la plataforma, siendo el segundo Canal+ con una cuota de 8″7% (29.000 espectadores).

La emisión del episodio 201 de C.S.I. de ayer martes a las 21.30 tuvo una Audiencia Media de 43.000 espectadores (cuota o «share» del 13%). Estos datos confirman el éxito sin precedentes que está cosechando esta serie en el panorama de la televisión en España, y esperamos que continúe con los nuevos y cada vez más interesantes casos que desde ayer se pueden disfrutar en el canal de Sony.

El Tribunal de la UE da la razón a Telecinco y Antena 3 en el caso de los derechos de retransmisión deportiva

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El organismo europeo falla a favor de las privadas al considerar que la gestión de los derechos de retransmisión de acontecimientos deportivos por parte de la UER es contraria a la normativa sobre competencia y anula, consiguientemente, las exenciones que la permiten

El Tribunal de Primera Instancia de la Unión Europea falló ayer a favor de las cadenas privadas españolas Gestevisión Telecinco y Antena 3 Televisión, la francesa M6 y la portuguesa SIC, al considerar que la gestión de los derechos de retransmisión de acontecimientos deportivos por parte de la Unión Europea de Radiodifusión (UER) es contraria a la normativa sobre competencia y anular, consiguientemente, las exenciones que la permiten.

La Corte convino con los demandantes en que el régimen de sublicencias para el reparto de los llamados «derechos de Eurovisión», no garantiza a los competidores ajenos a la UER un «acceso suficiente» a tales de derechos. Por ello, decidió anular la decisión de la Comisión Europea de conceder a la UER una exención al cumplimiento de las normas comunitarias en materia de competencia. En 1996, el Tribunal de Luxemburgo ya había anulado una exención comunitaria a la UER en este sentido.

Sistema de intercambio

Eurovisión es un sistema de intercambio de programas televisivos basado en el compromiso de los organismos de radio y televisión que lo integran de ofrecerse, recíprocamente, la cobertura de los acontecimientos deportivos y culturales que se desarrollen en sus respectivos países, en la medida en que puedan interesar a los restantes miembros. De su coordinación se ocupa una asociación profesional, la Unión Europea de Radiotelevisión (UER), cuyos miembros activos pueden adquirir en común y compartir los derechos de televisión de acontecimientos deportivos internacionales, denominados «derechos de Eurovisión».

Cuatro sociedades propietarias de cadenas de televisión ajenas al sistema -Métropole télévision (M6), cadena francesa, Antena 3 de Televisión, Gestevisión Telecinco, y Sociedade Independente de Communicação (SIC)- impugnaron ante la Corte las exenciones de que disfruta la UER en la materia. Denunciaron la irregularidad de las normas que regulan la adquisición en común de estos derechos, el intercambio de la señal de programas deportivos en el marco de Eurovisión y el acceso contractual de terceros al sistema, que, a su juicio, provoca importantes restricciones de la competencia. Más específicamente, las cuatro demandas se centraron en el régimen de sublicencias que regula el acceso al sistema de Eurovisión para terceros que emitan en abierto.

En julio de 1996, el Tribunal de Primera Instancia ya había anulado una decisión de la Comisión Europea, fechada en 1993, por la que eximía a la UE del cumplimiento de las normas comunitarias en materia de competencia a la hora de gestionar sus derechos. Posteriormente, y a instancias de la Comisión, la UER tuvo que adoptar nuevas normas, objeto de una segunda exención de la Comisión, con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2005. Bruselas eximió a la UER de cumplir las normas de competencia particularmente en lo relativo a las sublicencias, porque consideró que éstas ofrecían amplias posibilidades de retransmisión en directo y en diferido a sociedades terceras.

Esta segunda exención es la recurrida por Telecinco, Antena 3, M6 y SIC, para quienes la decisión de la Comisión Europea debe anularse al no respetar uno de sus requisitos básicos: el de que no elimina la competencia de los no miembros de la UER. El Tribunal de Primera Instancia confirmó hoy la postura de las demandantes: «el régimen de sublicencias no garantiza a los competidores de los miembros de la UER un acceso suficiente a los derechos de retransmisión de acontecimientos deportivos de que disponen dichos miembros gracias participación en el sistema de compra conjunta», juzgó. Y, consiguientemente, sentenció que la exención concedida a este régimen debe anularse.

Mercado primario y secundario

El Tribunal examinó en primer lugar la estructura de los mercados de que trata y las restricciones de la competencia que el sistema de Eurovisión entraña. Así, consideró la existencia de un mercado primario, el de la adquisición de los derechos de televisión, y un mercado secundario, el de la retransmisión televisiva de los acontecimientos deportivos, así como que los derechos de televisión sobre los acontecimientos deportivos se conceden para un territorio determinado, por lo general en exclusiva.

En cuanto a los efectos sobre la competencia del sistema de Eurovisión, observó dos tipos de restricciones. Por una parte, el hecho de adquirir conjuntamente y de compartir los derechos de televisión sobre los acontecimientos deportivos y el intercambio de la señal restringe o incluso elimina la competencia entre los miembros de la UER, que, en principio, son competidores tanto en el mercado primario como en el mercado secundario. Por otra parte, el sistema entraña restricciones de la competencia para terceros debido a que, generalmente, estos derechos se venden en exclusiva, circunstancia «agravante» para los no miembros, que ven denegado el acceso a los mismos.

En su sentencia, el Tribunal admite que la adquisición conjunta de los derechos de retransmisión no constituye en sí una restricción de la competencia contraria a la legislación europea y puede estar justificada por las especiales características del producto y del mercado de que se trata. Pero precisa que el ejercicio de tales derechos en un contexto jurídico y económico específico puede dar lugar a una restricción, como es el caso. Estima que impedir a las cadenas de televisión ajenas a la UER el acceso a programas, equivale a privarles de unos beneficios potenciales y, en este sentido, juzga el sistema de repartos de derechos de Eurovisión como «uno de los más exclusivos».

La Corte analizó asimismo si el régimen de acceso de terceros al sistema de Eurovisión permite compensar estas restricciones de la competencia y evitar así una eliminación de la competencia. En este capítulo, examinó dos casos: el de las retransmisiones en directo y el de las retransmisiones en diferido.

Diferido

Para el Tribunal, es concebible que los miembros de la UER se reserven la primera categoría, pero nada permite justificar, sin embargo, que tengan la posibilidad de extender este derecho de reserva a todas las competiciones que integran un mismo acontecimiento, incluso cuando no tienen la intención de retransmitir todas esas competiciones en directo. La Corte considera demostrado que la UER transgrede esta barrera al establecer varias restricciones a la retransmisión de acontecimientos en diferidos por parte de televisiones terceras, principalmente en materia de embargo horario y de tratamiento editorial de los programas.

De ello, deduce, que el régimen de la UER, tanto por las normas que establece como por el modo en que se aplica, no permite a los competidores de los miembros de la UER -con pocas excepciones- obtener sublicencias para la difusión en directo de los derechos de Eurovisión, sino que sólo otorga la facultad de transmitir resúmenes de las competiciones con unos requisitos muy restrictivos. Por tanto, sentenció que la Comisión incurrió pues en un error manifiesto de apreciación al llegar a la conclusión de que el régimen de sublicencias podía ser objeto de una exención. La decisión del Tribunal de Primera Instancia puede ser recurrida.

Telecinco cree que la sentencia elimina prácticas de anticompetencia

Telecinco valoró «muy positivamente» el fallo del Tribunal de Primera Instancia de la Unión Europea ya que considera que viene a complementar el obtenido en España por la cadena la semana pasada, que declaraba que TVE había incurrido en abuso de posición dominante y violación del derecho a la información al haber negado a la cadena imágenes sobre las Olimpiadas de Sydney. «Precisamente, la compra en exclusiva de los derechos de estas Olimpiadas por parte de la UER (que agrupa a las televisiones públicas europeas) es lo que ahora el Tribunal de la UE viene a proscribir», señalan la privada en un comunicado.

«Precisamente, la adquisición de las imágenes de las Olimpiadas de Sydney por parte de TVE se produjo en este marco ahora declarado contrario a la competencia por el Tribunal de Primera Instancia de la UE». El pasado 3 de octubre el juzgado de Primera Instancia nº 11 de Madrid desestimó la denuncia interpuesta por TVE contra Telecinco por la emisión de unas imágenes de los Juegos Olímpicos de Sydney en el informativo de las 14:30 horas de la cadena.