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La CMT acaba su informe sobre el Plan de Actuaciones

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Lo ha reenviado al Servicio de Defensa de la Competencia que será quien decida su aprobación

La Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) ha concluido ya su informe sobre el Plan de Actuaciones propuesto por Sogecable para llevar a la práctica las 34 condiciones que el Gobierno impuso para dar el visto bueno a la fusión digital. El informe de la CMT es preceptivo pero no vinculante, y según fuentes del órgano regulador este organismo habría dado su aprobación a las propuestas presentadas por Sogecable.

La Comisión, que preside Carlos Bustelo, ha remitido ya ese informe al Servicio de Defensa de la Competencia que será ahora el encargado de determinar si se aprueba de forma definitiva el Plan de Actuaciones presentado por Sogecable para la instrumentación de las condiciones a las que se subordina la operación de concentración entre Sogecable y Vía Digital.

Como se recordará, el pasado 29 de noviembre el Consejo de Ministros aprobaba la fusión digital pero imponía 34 condiciones que debían asumir los protagonistas de la operación para dar el visto bueno a la misma. El Gobierno exigía además que, en un plazo de dos meses, Sogecable presentara un Plan de Actuaciones explicando cómo ejecutaría los determinado por esos condicionantes. El 29 de enero Sogecable y Telefónica decidían seguir con el proceso, pero anunciaban un recurso al Tribunal Supremo contra cinco de las 34 condiciones, en especial la relativa al control de precios que, por los precedentes y jurisprudencia que existe, pueden ganar.

Ahora ha de ser el propio Servicio de Defensa de la Competencia el que deba pronunciarse al respecto. Tanto Sogecable como Telefónica esperan que el dictamen del órgano dependiente del Ministerio de Economía se produzca antes de que concluya el presente mes para no perjudicar el calendario que se han marcado para continuar con el proceso de integración.

Por otro lado, la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones aprobaba el pasado día 20 la prórroga de las autorizaciones otorgadas tanto a Canal Satélite Digital como a Vía Digital por otros cinco años más, hasta 2008. Esas autorizaciones les habilitan para la prestación del «servicio de difusión de televisión digital por satélite mediante acceso condicional, con servicio portador ajeno».

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