Su informe a Competencia sugiere ligeros cambios en precios y programación
El consejo de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) ha aprobado el informe anual a partir del cual el Servicio de Defensa de la Competencia deberá valorar si Sogecable está cumpliendo las condiciones impuestas por el Gobierno para autorizar la integración de Vía Digital.
Según pudo saber este periódico de fuentes del Ministerio de Economía, la CMT considera que, en líneas generales, Sogecable ha cumplido las condiciones impuestas por el Ejecutivo. Pero también apunta una serie de matizaciones relativas a precios y programación que considera que están por cumplir.
Como se recordará, el Consejo de Ministros del día 29 de noviembre de 2002 determinó en su condición vigésimosegunda que a efectos de vigilancia del presente acuerdo, la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones emitirá un informe con carácter anual sobre el cumplimiento de las condiciones en él establecidas. Igualmente añadía, podrá emitir informes sobre cualquier conflicto o incidencia relativos al mismo, con el fin de recabar la adopción de las medidas previstas en la normativa vigente en este ámbito.
En la siguiente condición encomendaba al Servicio de Defensa de la Competencia la ejecución y cumplimiento del acuerdo de Consejo de Ministros, sobre la base de los informes que, con carácter anual y puntual, evacue la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones en relación con la supervisión de las condiciones anteriores. Y eso es lo que ha hecho el órgano regulador que preside Carlos Bustelo, remitir al Servicio de Defensa de la Competencia el informe anual, que ya tiene en su poder, en el que analiza el cumplimiento por parte de Sogecable de todas y cada una de las condiciones impuestas.
El informe de la CMT señala que que la condición relativa a la congelación de los precios mediante la fórmula IPC-X se está cumpliendo, pero advierte de la excepción que se ha producido con las cuotas de alquiler del descodificador de los antiguos abonados de Vía Digital, a los que esa cuota le ha subido de forma considerable al igualársele con la que pagan los demás abonados de la nueva plataforma de televisión digital.
Igualmente el informe considera que Sogecable debería esforzarse en ofrecer mejores contenidos en su canal Premium, en este caso Gran Vía, que está obligado a comercializar a terceros tal y como indicaba la condición novena. Del mismo modo, la Comisión cree que Sogecable no cumple en su totalidad la condición que le obliga a ser un carrier neutral, si bien aún hay un buen número de canales cuyo contrato vencía en diciembre pasado y están renegociando su inclusión. Con este informe elaborado por el órgano regulador, cotejando las condiciones impuestas por el Consejo de Ministros y el desarrollo del Plan de Actuaciones presentado en su día por Sogecable para ponerlas en práctica, el Servicio de Defensa de la Competencia será el que deba pronunciarse si la compañía que preside todavía Jesús de Polanco ha cumplido estrictamente con lo exigido por el Gobierno para autorizar la operación.
Otros conflictos
En virtud de la potestad otorgada por el Consejo de Ministros a la CMT que le permite emitir informes sobre incidencias o conflictos, el órgano regulador ha mediado en el problema suscitado por European Home Shopping (EHS) que pretendía incluir su canal de teletienda en la programación de Digital+.
La intervención de la CMT obligó a Sogecable a dar entrada a ese canal en su programación pese a la competencia que supone para otros similares que producen ellos mismos.