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El Tribunal Superior de Justicia de Canarias suspende algunos concursos regionales de TDT

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El Tribunal Superior de Justicia de Canarias suspende los concursos del municipio de Santa Cruz y de ámbito insular de las TDT. La sentencia de lo contencioso-administrativo, en respuesta a una demanda de La opinión de Tenerife, detalla las arbitrariedades del Gobierno de Canarias a la hora de decidir las concesiones, y critica la justificación del Ejecutivo sobre la necesidad de acudir a asesoramientos externos y la asignación directa de la entidad consultora por parte de la viceconsejería de Comunicación y Relaciones con los Medios. La opinión de Tenerife no obtuvo ninguna concesión por motivos que no entiende la sentencia. Las concesiones del lote de Santa Cruz anuladas fueron a parar a Canal 7 del Atlántico, Tele Canal 4 y Mírame TV; y las concesiones anuladas del concurso insular fueron para Teidevisión-Canal 6 y Azul TV-El Día.

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha emitido una sentencia por la que suspende las concesiones para la explotación de canales digitales del servicio de televisión digital terrestre (TDT) de ámbito local con cobertura municipal e insular dedicidas por el Gobierno de Canarias a través del Decreto 377/2007. El TSJC estima así la demanda interpuesta por La opinión de Tenerife, elevada al sentirse perjudicada por el resultado del concurso, del que quedó excluido. La decisión judicial contra la que no cabe recurso ordinario alguno implica la estimación del recurso en el particular de la nulidad del Decreto recurrido y por ello de la adjudicación del concurso en los particulares que se recogen en la demanda.

La sentencia es muy crítica con los criterios llevados por el Gobierno de Canarias con respecto concretamente a los lotes 11, 11B y 11C, en el ámbito municipal de Santa Cruz de Tenerife, en los que resultaron adjudicatarios Canal 7 del Atlántico, Tele Canal 4 y Macae Mantenimiento SL (Mírame TV); y los lotes 13A y 13B de ámbito insular, en los que resultaron adjudicatarios Apymevo Comercial SL (Teidevisión-Canal 6) y Grupo de Medios de Tenerife (Azul TV – El Día).

En cuanto al criterio de concurso de los lotes del municipio capitalino, la sentencia señala que está teñido de un acentuado subjetivismo. El grado de subjetivismo y de total ausencia de imparcialidad o neutralidad alcanza su mayor intensidad en el tercer baremo denomiado Programación, decisivo para adjudicar el contrato, añade la sentencia. Asimismo, la decisión del TSJC incide en que quien ofrece un mayor porcentaje de programación dirigida a singularidades canarias [La opinión de Tenerife SL.], con hasta un 74%, no alcanza ni la mitad de puntuación a otorgar. Las arbitrariedades se repiten en otros baremos hasta dejar fuera a La opinión de Tenerife de una forma inexplicable.

La Mesa de Contratación no puede hacer dejación total de sus funciones remitiéndose sin más al contenido de informes externos. Deberá realizar al menos una mínima valoración crítica que exteriorice las razones que le llevan a aceptar el informe [externo de la entidad Doxa Consulting] y transformarlo en su propia propuesta, indica la sentencia, de fecha 5 de diciembre de 2008, para matizar: No existe justificación alguna de la necesidad de acudir a asesoramientos externos para auxiliar a la Mesa de Contratación en su tarea de valorar las propuestas de los distintos licitadores. Ni siquiera consta que la Mesa considerase o solicitase tal auxilio externo.

Además, la elección y designación de la entidad Doxa Consulting se realiza directamente por la viceconsejería de Comunicación y Relaciones con los Medios sin que conste que para su contratación se haya seguido procedimiento de elección con publicidad y concurrencia alguno. Tales circunstancias, según el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, privan al informe de la presunción de objetividad e imparcialidad de que la administración quiere revestirlo. La decisión judicial subraya la irracionalidad de determinadas puntuaciones que desembocaron en la eliminación de la propuesta de La opinión de Tenerife SL.

Hay que recordar que hay otras demandas contra las concesiones por parte de otras empresas perjudicadas, tanto en los lotes locales como en los regionales, pendientes de sentencia. Esta primera sentencia irrecurrible anula los lotes señalados y obligaría al Gobierno a realizar un nuevo concurso de adjudicación de los canales de TDT.

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