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La CMT desestima otro recurso de Jazztel contra el canon para financiar RTVE

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La Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) ha desestimado un recurso de reposición interpuesto por Jazztel contra los 117.793 euros que la comisión le había instado a pagar adicionales a lo que la empresa de telecomunicaciones ya había aportado para financiar RTVE en 2009 y en 2010.

Jazztel había presentado un recurso al considerar que las aportaciones reguladas en la Ley de Financiación de RTVE, que sustituyó la publicidad en la pública por un sistema de canon que están obligados a pagar las cadenas y empresas de telecomunicaciones, resultan incompatibles con las normas comunitarias en materia de telecomunicaciones y son inconstitucionales porque vulneran los principios de no confiscatoriedad, capacidad económica e igualdad previstos en el artículo 31.1 de la Constitución Española.

No obstante, en su resolución, a la que ha tenido acceso Europa Press, la CMT desestima estas alegaciones y recuerda que mientras que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), ante el que las empresas de telecomunicaciones han llevado la norma española, no se pronuncie sobre la compatibilidad de la aportación la normativa europea, la obligación de la comisión es cumplir la ley nacional. Asimismo, el Consejo de la CMT, reunido el día 13 de septiembre, recuerda que no le corresponde a la Administración valorar la constitucionalidad de las leyes ni la legalidad de los reglamentos, ya que esta es una función reservada a la jurisdicción constitucional, en el primer caso, y a la ordinaria en el segundo.

No es la primera vez que la CMT se pronuncia desde este tema. De hecho, desde la entrada en vigor de la Ley de Financiación de RTVE a finales de 2009 los recursos de las empresas de telecomunicaciones contra el canon que están obligados a desembolsar han sido constantes. Las empresas de telecomunicaciones están obligadas a aportar a RTVE el 0,9 por ciento de sus ingresos; las cadenas privadas en abierto, el 3 por ciento, y las de pago, el 1,5 por ciento. Actualmente, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea está estudiando si la tasa española respeta la normativa europea, a propuesta de la Comisión Europea, que llevó el caso español ante el tribunal europeo en marzo de 2011.

Contra la resolución de la CMT no puede interponerse un nuevo recurso administrativo, aunque Jazztel podrá si quiere interponer una reclamación económico-administrativa en el plazo de un mes, previo a la interposición de recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.

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