Diversos agentes del sector, desde operadoras de pago hasta canales en abierto de TDT, han mostrado en reiteradas ocasiones lo injusta que consideran que es esta obligación. En ocasiones, se han tenido que aplicar multas a varios canales por no haber dedicado las cantidades de presupuesto que marca la ley.
Actualmente la legislación insta a las cadenas a dedicar al menos el 5% de sus ingresos del ejercicio anterior a la financiación de obras de cine europeo. Esta medida ha sido recurrida por Walt Disney Iberia y DTS (antigua Canal+, hoy Movistar+). El Tribunal Supremo ha admitido a trámite los recursos presentados. La decisión del Tribunal Supremo se ha publicado en el BOE este lunes, si bien data del pasado 3 de febrero.
La norma fue aprobada el pasado mes de octubre como una modificación de la Ley General Audiovisual de 2010, que a su vez ya complementaba otra normativa impuesta en 2004. No obstante, esta obligación de financiación se lleva aplicando a través de diferentes normas más de quince años en nuestro país. Aquellos operadores que no emiten cine o sólo emiten cine de determinada antigüedad están exentos de financiar obras europeas de cine.