El Consejo de Ministros autorizó ayer la aplicación del Fondo de Contingencia, por importe de algo más de 682.000 euros, para dar cumplimiento a un auto del Tribunal Supremo de 2004 sobre al abono de intereses legales a Canal Satélite Digital (CSD). El importe tiene como origen una reclamación de dicha empresa ante el Consejo de Ministros sobre la indemnización por responsabilidad patrimonial del Estado, derivada de la aprobación de determinadas disposiciones legales contrarias al Derecho comunitario europeo
En las misma se imponía la utilización de un solo descodificador, el de Vía Digital, en lugar del que venía utilizando Canal Satélite Digital. Este hecho implicó que no se comercializase este último descodificador durante un periodo de tiempo y cuyo perjuicio económico cuantificó el Tribunal Supremo con posterioridad.
A su vez, el Consejo también ha autorizado la concesión de un crédito extraordinario en el presupuesto del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio por el importe y para la finalidad mencionada.
26,4 millones en 2004
El Consejo de Ministros, por acuerdo en 1998, desestimó dicha reclamación, pero el Supremo dictó sentencia en 2003, estimando en parte el recurso interpuesto contra el citado acuerdo y condenando a la Administración a abonar a Canal Satélite Digital 26.445.000 euros, que se abonaron en enero del pasado año, como reparación de los daños causados durante la vigencia de dicha legislación entre el 1 de febrero y el 15 de septiembre de 1997.
Canal Satélite recurrió la sentencia y presentó una reclamación por los intereses legales y la actualización de indemnización. El Consejo de Ministros de 30 de julio de 2004 rechazó esta reclamación.
Finalmente, el 24 de noviembre el Supremo fijó los intereses en 682.143,33 euros y desestimó todo lo demás, resolviendo definitivamente sobre el fondo de la cuestión. No obstante, la empresa recurrió en súplica dicho auto y el Supremo, el pasado 1 de febrero, lo desestimó.