La Audiencia Provincial de León ha confirmado la sentencia del Juzgado de lo Penal Nº 1 de esa ciudad, mediante sentencia de fecha 20 de Enero de 2005, por la que se condena a R.I.M.P. como autor de un delito continuado de defraudación de las telecomunicaciones. La sentencia condena al autor de este delito a indemnizar a Canal Satélite Digital, hoy Digital+, (Sogecable) con 2.810 euros por utilizar en su domicilio una tarjeta pirata de esta plataforma de televisión de pago durante dos meses, y a la pena de nueve meses de multa en cuotas diarias de tres euros, que deberá pagar a la Administración del Estado.
El condenado, que poseía conocimientos de electrónica, elaboró una tarjeta apta para la descodificación, insertando en ella códigos que obtuvo a través de Internet de personas o entidades que carecían de autorización de la empresa titular de la señal televisiva.
Aprovechando la tarjeta así elaborada, visionó durante dos meses los servicios de televisión que sólo pueden ser disfrutados por los abonados, dado que se trata de servicios de televisión de acceso condicional (codificados) que exigen ser contratados a cambio de la correspondiente contraprestación económica.
La Audiencia considera con esta sentencia que el simple uso en el domicilio de una tarjeta pirateada constituye delito, valorando el quebranto económico producido a C.S.D.(ahora Digital+) en 1.437,39 euros al mes. La consideración del uso de tarjetas piratas para consumo propio como delito ya se contempla en el recientemente reformado Código Penal, que no ha sido de aplicación en este caso por tratarse de hechos anteriores a la citada reforma.
La anterior sentencia por un delito similar se produjo el pasado mes de noviembre en Las Palmas, donde se condenó a M.R.R. a un año y dos meses de prisión, además de una multa de 270 euros y el pago de una indemnización 9.000 euros.
Endurecimiento de penas y descenso del pirateo
La modificación del Código Penal que ha entrado en vigor el pasado mes de octubre está suponiendo un vertiginoso descenso del pirateo, ya que está facilitando la persecución de este tipo de actividades ilegales. Han desaparecido de Internet las páginas y foros desde lo que se bajaban los códigos para las tarjetas piratas, y las operaciones policiales -a cargo de la Brigada de Investigación de Delitos Tecnológicos del Cuerpo Nacional de Policía y la Unidad de Delitos Telemáticos de la Guardia Civil-están obteniendo importantes frutos.
El Código Penal considera como delito la fabricación o puesta a disposición de posibles usuarios de cualquier dispositivo informático diseñado o adaptado para vulnerar el acceso condicional de los servicios de radiodifusión, así como la comercialización de estos equipos, su alteración o duplicado con ánimo de lucro. También se considera delictiva la información a terceros –aunque no exista ánimo de lucro- sobre la forma de conseguir la entrada no autorizada a servicios de acceso condicional. Ello afecta a los responsables de páginas web que informan sobre estos extremos. El Código Penal considera delictiva la simple utilización de equipos o programas que permitan el acceso no autorizado a servicios de acceso condicional.
Por otro lado, Sogecable, la compañía propietaria de Canal+ y Digital+, está llevando a cabo un periódico cambio de las tarjetas de acceso de los descodificadores para garantizar la seguridad de sus emisiones. El pasado mes de marzo se cambiaron las tarjetas de los descodificadores dirigidos hacia el satélite Hispasat, y próximamente se realizará la misma operación con los que están orientados a Astra. También se han cambiado recientemente las llaves de los descodificadores analógicos de Canal+.