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Desde 2017 ya estaba legalizado que para el nombramiento del consejo de RTVE se necesitaba la mayoría de 2/3 o por mayoría absoluta en votación posterior efectuada en un plazo no inferior a quince días y siempre que su candidatura hubiera sido propuesta por, al menos, la mitad de los grupos parlamentarios de la Cámara que corresponda.aaaaitorillo escribió: ↑23 Oct 2024, 16:07 Real Decreto-ley 5/2024, de 22 de octubre, por el que se modifica la Ley 17/2006, de 5 de junio, de la radio y la televisión de titularidad estatal, para adoptar medidas urgentes relativas al régimen jurídico aplicable a la Corporación RTVE.
https://www.boe.es/boe/dias/2024/10/23/ ... -21699.pdf
Este Real Decreto está inspirado en el que se publico en 2012 (en donde se añadía la mayoría absoluta en segunda votación y se reducía el consejo a 9 miembros).aaaaitorillo escribió: ↑23 Oct 2024, 16:07 Real Decreto-ley 5/2024, de 22 de octubre, por el que se modifica la Ley 17/2006, de 5 de junio, de la radio y la televisión de titularidad estatal, para adoptar medidas urgentes relativas al régimen jurídico aplicable a la Corporación RTVE.
https://www.boe.es/boe/dias/2024/10/23/ ... -21699.pdf
Real Decreto-ley 5/2024, de 22 de octubre, por el que se modifica la Ley 17/2006, de 5 de junio, de la radio y la televisión de titularidad estatalPor otro lado, la designación de los miembros del Consejo de Administración y del Presidente de la Corporación RTVE que regula la Ley 17/2006, basada en un sistema de mayorías reforzadas en las Cortes Generales, ha demostrado ser ineficaz puesto que no permite renovar el Consejo de Administración con la agilidad necesaria para evitar que se paralice el funcionamiento de la Corporación.
La modificación ahora regulada garantiza que la renovación del Consejo de Administración pueda llevarse a cabo en un corto período de tiempo evitando situaciones como la que se viene produciendo actualmente en la Corporación RTVE.
La modificación principal que opera el artículo único en la Ley 17/2006, de 5 de junio, establece una previsión subsidiaria para la elección de los miembros del Consejo de Administración, en caso de no alcanzarse en una primera votación la mayoría de dos tercios requeridos, con la finalidad de hacer frente a eventuales situaciones de bloqueo parlamentario. Esta previsión subsidiaria no afecta a las mayorías exigidas para la elección en primera votación, pero abre la posibilidad de que la elección tenga lugar mediante una no desdeñable mayoría absoluta de cualquiera de las Cámaras, para que la Corporación RTVE pueda seguir prestando el servicio público de información y comunicación a los ciudadanos con plena eficacia y normalidad.
Lo que iba a ser TVE-3 a principios de los 80, pero que la creación de ETB y TV3 hizo que no fuerza posible.josemr escribió: ↑06 Nov 2024, 14:00Mikimoto por su parte habla de que La 2 emita las 24h en catalán, algo imposible si no se adopta su reconversión en un canal autonómico "nacional". Algo que servidor tambien consideró hace tiempo, es decir el 50% del tiempo franjas en desconexión para toda españa y contenido común en el resto de horas (vamos una france 3)
Ojalá volviésemos a ese año a lo que a television se refiere o incluso unos años antes cuando se hacia buena tv con programas de entretenimientos como el 1,2,3, El precio justo, Que apostamos,,,,,, programas infantiles como Sabadabada, La cometa blanca, La bola de cristal, Cajón desastre, ojalá volviésemos a esos años, pero por desgracia no caerá esa breva y seguiremos con el postureoInvitado escribió: ↑30 Oct 2024, 18:34 ¡Rosa Leon y Mikimoto! Volvemos a la TVE de 1989
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