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Y Bom Cine aparece en el Registro Estatal de Prestadores de Servicio de Comunicación Audiovisual? Lo digo porque no encuentro a Bom Comunicación SL en dicha lista, y no parece que a M+ le importe mucho. Quién si aparece es Squirrel Global Media SL (Horse TV y Nautical Channel).Edu_ escribió: ↑04 Abr 2023, 17:52 Es que era un canal ilegal (por no decir pirata) en toda regla.
En España únicamente los canales que emiten por TDT necesitan licencia (que se concede por concurso) y los que sólo van a emitir por satélite, cable o IPTV basta con inscribirse en el Registro Estatal de Prestadores de Servicios de Comunicación Audiovisual y comunicar al ministerio el próximo inicio de emisiones.
Real Decreto 847/2015, de 28 de septiembre, por el que se regula el Registro Estatal de Prestadores de Servicios de Comunicación Audiovisual y el procedimiento de comunicación previa de inicio de actividad.Ni 7NN ni Producciones Audiovisuales Hispania SA aparece en el Registro Estatal de Prestadores de Servicios de Comunicación Audiovisual, por lo que tal comunicación al ministerio nunca se produjo.Artículo 4. Condiciones para la prestación de servicios de comunicación audiovisual.
1. La prestación de servicios de comunicación audiovisual que se presten mediante ondas hertzianas terrestres requerirá licencia previa.
2. La prestación de servicios de comunicación audiovisual de ámbito estatal que no se presten mediante ondas hertzianas terrestres requerirá la comunicación al Ministerio de Industria, Energía y Turismo, fehaciente y con carácter previo al inicio de la actividad, de acuerdo con lo previsto en el artículo siguiente.
3. Las personas físicas o jurídicas de países no miembros del Espacio Económico Europeo que presten servicios de comunicación audiovisual deberán designar un representante domiciliado en España a efectos de notificaciones.
Artículo 5. Forma de realizar la comunicación previa.
1. La comunicación previa se realizará mediante la aplicación del registro electrónico, accesible en la sede electrónica del Ministerio de Industria, Energía y Turismo.
2. La información aportada por los prestadores del servicio de comunicación audiovisual será la que se relaciona en los apartados del artículo 12, salvo las letras h), i), j), k) y l) del artículo 12.1 y las letras e) y ñ) del artículo 12.2.
3. Una vez realizada la comunicación previa, el interesado podrá iniciar la prestación del servicio de comunicación audiovisual.
Artículo 8. Prestación de servicios de comunicación audiovisual sujetos a licencia.
La prestación de servicios de comunicación audiovisual mediante ondas hertzianas terrestres se hará de conformidad con la licencia otorgada en concurso público, en virtud de lo previsto en el artículo 27 de la Ley 7/2010, de 31 de marzo.
Aparte que dicha ley determina que los registros autonómicos forman parte de dicho registro estatal. Es por eso que Movistar+ emite las versiones SAT de los canales autonómicos, y sino me equivoco BOM Cine tiene licencia autonómica por Andalucía.Artículo 16. Número único de inscripción.
El procedimiento de alta en el Registro Estatal de Prestadores de Servicios de Comunicación Audiovisual asignará al prestador un número único de inscripción con el que podrá proceder a inscribir las sucesivas modificaciones de los datos inscritos.
charles100 escribió: ↑04 Abr 2023, 19:04 Es cierto que no aparece Bom, pero de todas maneras el prestador de ese canal es Squirrel y esa es una empresa registrada. Igual se centran mas en el titular de la licencia mas que en el canal que este registrado
Ya, pero el caso es que ni Producciones Audiovisuales Hispania SA ni Bom Comunicación SL aparecen. Por lo tanto, queda descartado que este fuera el motivo para no incluir el canal en M+.Edu_ escribió: ↑04 Abr 2023, 19:43 Exacto.
Aparte que dicha ley determina que los registros autonómicos forman parte de dicho registro estatal. Es por eso que Movistar+ emite las versiones SAT de los canales autonómicos, y sino me equivoco BOM Cine tiene licencia autonómica por Andalucía.Artículo 16. Número único de inscripción.
El procedimiento de alta en el Registro Estatal de Prestadores de Servicios de Comunicación Audiovisual asignará al prestador un número único de inscripción con el que podrá proceder a inscribir las sucesivas modificaciones de los datos inscritos.
La cuestión es que 7NN no hizo ese papeleo. Si hubieran sido inteligentes es lo primero que tendrían que haber hecho ya que le hubiera dado legalidad, pero claro, se empeñaron por el camino imposible de emitir por TDT.
Si hasta Radio María forma parte de ese registro, por lo que emite legalmente.
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