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- Fecha actual 08 Jun 2026, 11:02
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Disposición adicional cuarta. Características de los aparatos receptores de televisión digital terrestre.
1. Los aparatos receptores de televisión digital terrestre deberán disponer de interfaces abiertos, compatibles y que permitan la interoperabilidad.
2. Todos los aparatos receptores de televisión digital terrestre, que se pongan en el mercado español transcurrido el plazo de seis meses a contar desde la entrada en vigor de este real decreto, además de estar preparados para sintonizar las emisiones de televisión digital terrestre, deberán incorporar el sintonizador para las emisiones en alta definición, con las especificaciones técnicas indicadas en la disposición adicional decimoquinta de este real decreto.
3. Los aparatos receptores de televisión digital terrestre dotados de una pantalla con una diagonal visible igual o superior a 61 centímetros (24 pulgadas), que se pongan en el mercado español transcurrido el plazo de seis meses a contar desde la entrada en vigor de este real decreto, además de estar preparados para sintonizar las emisiones de televisión digital terrestre e incorporar el sintonizador para las emisiones en alta
definición, deberán incorporar:
-la capacidad de recibir emisiones con la tecnología de transmisión de señales conforme a la norma EN 302 755 (DVB-T2).
-el sintonizador para las emisiones en ultra alta definición, con las especificaciones técnicas indicadas en la disposición adicional decimosexta de este real decreto.
-en relación a los servicios interactivos, los receptores deberán ser compatibles con la norma europea [ETSI TS 102 796] v1.4.1 (o posterior) Hybrid Broadcast Broadband TV – HbbTV, implementando la especificación HbbTV 2.0.1 o posterior.
3. Los fabricantes de equipos receptores de televisión deberán indicar e informar al usuario clara y detalladamente sobre las capacidades de cada receptor de televisión puesto a la venta, incluyendo, en particular, las especificaciones relativas a la recepción de la televisión digital terrestre, la alta definición, la ultra alta definición, el DVB-T2, y otras funcionalidades adicionales.
Este fin de semana se ha movido el único multiplexor sin licencia que emitía en el rango C49-60 UHF en la ciudad de València y área metropolitana.MarioPrieto1995 escribió:Pues esto es un avance significativo en cuanto al Plan Técnico. De momento, contacto con responsables de televisiones locales en las redes sociales, y el de Peque Radio Valencia dice que le han asegurado extraoficialmente que el MAUT en Valencia se muda al canal 29.
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