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El Gobierno anuncia las reformas en materia audiovisual incluidas en la ley de acompañamiento

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Se regulan las incompatibilidades de participación de más de una sociedad concesionaria, en aras de preservar el pluralismo informativo . La participación en una sociedad concesionaria de ámbito nacional es incompatible con cualquier participación en otra sociedad concesionaria.

La titularidad de una concesión autonómica inhabilita para participar en otra de ámbito local en la misma Comunidad Autónoma. La titularidad de una concesión en una demarcación local, inhabilita para participar en otra sociedad concesionaria en la misma demarcación.

La participación en sociedades concesionarias en distintos ámbitos autonómicos o locales, estará sujeta a límites por razón de población, que se fijarán teniendo en cuenta el equilibrio entre el pluralismo informativo y el acceso a la titularidad de medios de comunicación. Se prevé un régimen transitorio para que aquellos que incumplan los límites señalados en el momento de entrada en vigor de esta Ley de Medidas, adecuen sus participaciones en el plazo de un año. La Administración General del Estado controlará la formación de cadenas y las emisiones en cadena de las televisiones locales cuando éstas emitan en el ámbito de más de una Comunidad Autónoma.

El plan técnico de TDT local, se configura como instrumento fundamental en el desarrollo del modelo. Reserva un canal múltiple en cada municipio de más de 100.000 habitantes, y en casos concretos podrá otorgarse conjuntamente para varios municipios, siempre que la agrupación supere los 25.000 habitantes o tenga una cobertura mayor de 25 km2. El calendario de introducción del nuevo modelo se inicia con la elaboración del nuevo Plan Técnico de Televisión Local, y finalizará con la adjudicación de las concesiones por las Comunidades Autónomas a mediados de 2004. Las emisiones de estas televisiones locales se harán exclusivamente en tecnología digital. Con el fin de dotar de seguridad jurídica y estabilidad al sistema y fomentar las inversiones en el sector, se establece un régimen de prórroga automática para las concesiones de radio.

Estas medidas, así como las originariamente incluidas en el proyecto de Ley de Acompañamiento, sientan unas bases necesarias para la futura regulación del Sector a través de la ley del Audiovisual, que el Gobierno llevará al Parlamento este próximo periodo de sesiones. De un lado, es conveniente no demorar la planificación la televisión local y la adjudicación de las concesiones de estos servicios de televisión, que servirá además como plataforma de lanzamiento de la tecnología digital. 

Por otro lado, el régimen jurídico vigente en materia de televisión privada no contemplaba la existencia de operadores privados en los ámbitos local y autonómico; por lo que es necesario establecer un régimen de incompatibilidades a la participación en sociedades concesionarias que garantice el pluralismo informativo. La introducción inmediata de este nuevo régimen de incompatibilidades dota de seguridad jurídica al sistema y permite a los titulares de empresas audiovisuales disponer de un esquema normativo de referencia para, a la hora de participar en futuros concursos, conocer las limitaciones que pudieran afectarles.

Enmiendas en materia audiovisual.

En concreto, el Gobierno ha anunciado hoy la introducción de una serie de enmiendas que contienen las siguientes medidas: 

Planificación de la Televisión Local 

El Plan Técnico de Televisión Local se configura como instrumento fundamental en el desarrollo del nuevo modelo de televisión local. Este se basa en la reserva de un canal múltiple en cada municipio de más de 100.000 habitantes. En casos concretos, y a solicitud de las Comunidades Autónomas, este canal múltiple podrá otorgarse conjuntamente para varios municipios, siempre que la agrupación supere los 25.000 habitantes o tenga una cobertura mayor de 25 km2. 

Además, será la Administración General del Estado quien controle la formación y emisión en cadena de las televisiones locales cuando éstas emitan en el ámbito de más de una Comunidad Autónoma. El calendario de introducción del nuevo modelo se inicia con la elaboración del Plan Técnico de Televisión Local, y finalizará con la adjudicación de las concesiones por las Comunidades Autónomas a mediados de 2004. 

Límites a las participaciones 

En las enmiendas presentadas, se actualiza la regulación de las incompatibilidades a las que quedan sujetas las sociedades concesionarias, con el objetivo de garantizar el pluralismo. Así, en el caso de las cadenas nacionales, se mantiene la incompatibilidad con cualquier participación en otra sociedad concesionaria. Los accionistas de una emisora de televisión autonómica no podrán participar en el capital de otra de ámbito local en la misma Comunidad Autónoma. La participación en una concesionaria de televisión local, impide igualmente la participación simultánea en cualquier otra sociedad concesionaria en la misma demarcación. 

La participación en sociedades concesionarias en distintos ámbitos autonómicos o locales, estará sujeta a límites por razón de población que se establecerán mediante Reglamento, teniendo en cuenta el equilibrio entre el pluralismo informativo y el acceso a los medios de comunicación. Adicionalmente, se prevé un régimen transitorio para que aquellos que en el momento de entrada en vigor de la ley incumplan los límites señalados, adecúen sus participaciones en el plazo de un año, ampliando así el plazo de un mes que actualmente establece la Ley de Televisión Privada. 

Radiodifusión 

Se ha presentado una enmienda para implantar un sistema de prórroga automática de las concesiones de radio tanto en frecuencia modulada como en onda media, que dote de estabilidad y seguridad jurídica al sistema. 

Líneas generales de la nueva Ley Audiovisual 

Durante el próximo periodo de sesiones, el Gobierno tiene previsto presentar el Proyecto de Ley Audiovisual. Esta nueva regulación, que comprende tanto a la radio como a la televisión, atenderá a las nuevas necesidades y estructura del sector audiovisual, pondrá fin a la dispersión normativa existente y dotará al sector de mayor seguridad jurídica. 

Los aspectos más importantes de esta nueva normativa son: 

La liberalización del sector mediante la declaración de la radio y la televisión como servicios que se prestan en régimen de libre competencia. Se distinguen como operadores en el mercado de la televisión las figuras de los editores de canales, los operadores de difusión, y los portadores de la señal de telecomunicaciones. Se compatibiliza dicha liberalización con el carácter de servicio público de la radio y las televisiones públicas, que quedan sujetas a un control parlamentario y están llamadas a la emisión, fundamentalmente, de contenidos de interés general. 

La Ley contendrá medidas para facilitar la transición tecnológica que permita adelantar el «apagón analógico» e implantar definitivamente la Televisión y la Radio Digital. Como continuación a la vía iniciada en la Ley de Acompañamiento, se prevé la introducción de un régimen de incompatibilidades que impida la creación de cadenas de ámbito nacional mediante la adición de cadenas locales. La Ley fomentará la autorregulación, mediante la creación de códigos de conducta.

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