El regulador impone a la plataforma de Sogecable la difusión del canal de televenta, de acuerdo con las condiciones de la fusión con Vía Digital
La Comisión del Mercado de Telecomunicaciones (CMT) obligará a Digital+ -la empresa del grupo Sogecable que explota el servicio de televisión de pago por satélite- a incluir en su plataforma el canal de televenta EHS TV, propiedad de la compañía española European Home Shopping.
La histórica decisión del organismo regulador se basa en la obligación que el Gobierno impuso a Digital+, como condición para aprobar la fusión de Sogecable y Via Digital, de admitir en su plataforma a terceros canales.
La decisión que obliga a Digital+ a incluir el canal EHS TV es consecuencia del primer laudo establecido por la CMT en su historia. El laudo fue solicitado por European Home Shopping porque no estaba de acuerdo con las condiciones que le exigía la plataforma digital por elevar la señal hasta el satélite y difundir su canal. La decisión del regulador de las telecomunicaciones recorta sustancialmente, un 44 por ciento, el coste que solicitaba cobrar Digital+.
La trascendencia de la decisión va más allá del caso concreto de EHS. En la práctica, supone abrir la puerta a terceros canales que quieran ser emitidos por Digital+, aunque no se logre un acuerdo con la plataforma.
Otros canales
Digital+ no tenía interés en incluir este canal de televenta, ya que suponía competencia con su propio programa de venta por televisión, denominado Canal Club, y cuya propiedad es compartida entre Sogecable y El Corte Inglés.
Esta vía de acceso a la plataforma de Digital+ no será generalizada, porque los canales que logren acceder a la programación deberán pagar a Digital+ por el servicio, pero no recibirán ingresos de la plataforma por esos contenidos. Por tanto, la emisión a través de Digital+, que utiliza los satélites de las empresas Astra e Hispasat, se circunscribe a los canales que se autofinancian y que no necesitan recibir dinero del operador, como los canales de televenta.
Obligaciones
Entre las obligaciones que la CMT impone a Digital+ están las de incluir a EHS TV en la guía electrónica de programación de Digital+. El canal de televenta también debe figurar en la revista que edita Sogecable en un espacio mínimo de media página al mes, ya que este es el tamaño medio que se destina a informar de cada canal que se emite. El contrato deberá tener una duración de tres años y Digital+ está obligado a iniciar la emisión de EHS TV en un plazo máximo de quince días a partir de que EHS proporcione a Digital+ los parámetros técnicos de su canal.
Sogecable está participado principalmente por Telefónica, el grupo Prisa y el banco francés Société Générale, y tiene como primer ejecutivo a Javier Diez Polanco. EHS es una empresa dedicada a la televenta por televisión e Internet. Su presidente y uno de los fundadores es Alexander Chacon. En 2002 facturó 3,89 millones de euros.
La secuencia del proceso
El canal de televenta EHS se dirigió a Digital+ para que incluyera su canal en la plataforma de pago. No se llegó a un acuerdo y EHS solicitó un laudo arbitral a la CMT.
El resultado del laudo establece que EHS tiene derecho a utilizar los servicios de Digital+ como plataforma de satélite, con precios orientados a costes, por lo que rebaja un 44% el precio que Sogecable pretendía cobrar al canal de venta.
El regulador de las telecomunicaciones también obliga a la empresa de televisión de pago a incluir el canal de televenta en la guía electrónica de programación, y en la revista mensual.
El acuerdo de la CMT abre la puerta a que otros canales independientes exijan su inclusión en la plataforma digital.
