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En el caso de TVE parece que si puede mejorar.buitre_ escribió:Con esto ¿la calidad de los canales existentes en hd podria mejorar? por ejemplo la 1 y tdp muchas veces es un festival de pixels.
Disposición adicional decimonovena. 3. [...] "los titulares de licencias del servicio de comunicación audiovisual televisiva de televisión digital terrestre podrán emitir eventos en ultra alta definición en alguno de sus canales de televisión, en los múltiples digitales en los que la totalidad de los canales hayan evolucionado a emisión en alta definición, utilizando la capacidad que tienen asignada".

Si va a ser así, ya sabemos por donde puede entrar el 4k, por que clan solo emite dibujos animados y series tv antiguas que no necesitan más bitrate, así que si dejasen tdp sin mejora, podría caber una versión 2k de tve4k.albertito69 escribió:En el caso de TVE parece que si puede mejorar.buitre_ escribió:Con esto ¿la calidad de los canales existentes en hd podria mejorar? por ejemplo la 1 y tdp muchas veces es un festival de pixels.
El RGE1 quedaría con 3 canales a 6 Mbps (La1-HD, La2-HD, 24Horas-HD)
El RGE2 Se quedaría con 2 canales en el 75% del Mux (Clan-HD, Teledeporte-HD) tdp podría emitir sin ningún problema con 7 Mbps. Lo que me huele es que por el RGE2 nos van a intentar colar el Canal Parlamento...veremos.
No lo pusieron en los tiempos de auge de la TDT (de hecho en TVE lo anunciaron en sus inicios), y lo van a poner ahora...albertito69 escribió: El RGE2 Se quedaría con 2 canales en el 75% del Mux (Clan-HD, Teledeporte-HD) tdp podría emitir sin ningún problema con 7 Mbps. Lo que me huele es que por el RGE2 nos van a intentar colar el Canal Parlamento...veremos.
Mediante orden, la Ministra de Economía y Empresa podrá modificar el número de canales de televisión que integra cada múltiple digital en función de la mejora en las técnicas de compresión y codificación, la capacidad de régimen binario disponible o el desarrollo tecnológico futuro. La adopción de esta medida y de las mejoras tecnológicas que permitan un mayor aprovechamiento del dominio público para la comunicación audiovisual, de acuerdo con lo establecido en el artículo 24.2 de la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual, no habilitarán para rebasar lascondiciones establecidas en las licencias, y en particular para disfrutar de un mayor número de canales de pago o en abierto cuya emisión se hubiera habilitado.

¿Vuelve el Canal Ingeniería?1. La Corporación de Radio y Televisión Española y los prestadores del servicio público de comunicación audiovisual televisiva de cobertura autonómica deberán proporcionar, en su ámbito territorial de cobertura y dentro de la capacidad asignada en los múltiples digitales cuya gestión técnica les corresponde, la capacidad necesaria para la actualización del software de los equipos terminales de televisión digital terrestre.
2. A tal efecto, la Corporación de Radio y Televisión Española y los prestadores del servicio público de comunicación audiovisual televisiva de cobertura autonómica celebrarán los oportunos acuerdos con los fabricantes de los aparatos receptores u otras empresas en los que se regule la actualización del software de los equipos terminales de televisión digital terrestre, incluyendo las contraprestaciones económicas que se establezcan, que deben ser proporcionales a la capacidad destinada por dichas entidades para la actualización del software. Estos acuerdos deberán celebrarse en condiciones transparentes, objetivas y no discriminatorias.
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