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Distribucion nacional, vamos que tuvieran licencias legales.rojillo escribió: ↑04 Abr 2023, 12:46 Inés Sanz en un twit pone las condiciones que pone Movistar para que se incluya una cadena en su plataforma este es su twit:
https://twitter.com/ENGINEER__28/status ... 8888137729
Ni 7NN ni Producciones Audiovisuales Hispania SA aparece en el Registro Estatal de Prestadores de Servicios de Comunicación Audiovisual, por lo que tal comunicación al ministerio nunca se produjo.Artículo 4. Condiciones para la prestación de servicios de comunicación audiovisual.
1. La prestación de servicios de comunicación audiovisual que se presten mediante ondas hertzianas terrestres requerirá licencia previa.
2. La prestación de servicios de comunicación audiovisual de ámbito estatal que no se presten mediante ondas hertzianas terrestres requerirá la comunicación al Ministerio de Industria, Energía y Turismo, fehaciente y con carácter previo al inicio de la actividad, de acuerdo con lo previsto en el artículo siguiente.
3. Las personas físicas o jurídicas de países no miembros del Espacio Económico Europeo que presten servicios de comunicación audiovisual deberán designar un representante domiciliado en España a efectos de notificaciones.
Artículo 5. Forma de realizar la comunicación previa.
1. La comunicación previa se realizará mediante la aplicación del registro electrónico, accesible en la sede electrónica del Ministerio de Industria, Energía y Turismo.
2. La información aportada por los prestadores del servicio de comunicación audiovisual será la que se relaciona en los apartados del artículo 12, salvo las letras h), i), j), k) y l) del artículo 12.1 y las letras e) y ñ) del artículo 12.2.
3. Una vez realizada la comunicación previa, el interesado podrá iniciar la prestación del servicio de comunicación audiovisual.
Artículo 8. Prestación de servicios de comunicación audiovisual sujetos a licencia.
La prestación de servicios de comunicación audiovisual mediante ondas hertzianas terrestres se hará de conformidad con la licencia otorgada en concurso público, en virtud de lo previsto en el artículo 27 de la Ley 7/2010, de 31 de marzo.
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