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Sogecable y Vía recurren 5 condiciones de las 34 fijadas por el Gobierno

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Sogecable y Telefónica han presentado hoy un recurso ante el Tribunal Supremo en el que piden la anulación de 5 de las 34 condiciones fijadas por el Gobierno para autorizar la fusión digital, al considerar que «no impedirían la libre competencia y podrían dificultar el futuro desarrollo de la compañía resultante».

En concreto, las compañías han recurrido las limitaciones relativas a los precios, comercialización, distribución y acuerdos estratégicos, así como a la duración de las mencionadas condiciones. Ninguna de ellas se refiere a las condiciones relativas al fútbol.

Distribución: Sogecable y Telefónica recurren la primera de las condiciones del Gobierno, en la que se establece que Sogecable deberá abrir un número de canales equivalente al menos al 20 por ciento de los actualmente emitidos a través de su plataforma de televisión a terceros operadores diferentes de aquellos cuyos canales ya viniesen operando a través de Canal Satélite Digital antes de la operación de concentración.

Comercialización: También se recurre la condición decimotercera, según la cual Sogecable no podrá comercializar conjuntamente la oferta de la plataforma de televisión resultante de la operación notificada con la de acceso a Internet de banda ancha de Telefónica, o en su caso, la del proyecto Imagenio.

Precios: Se recurre asimismo la condición decimoctava, relativa a los precios. Se señala que durante el plazo de cuatro años desde este acuerdo, Sogecable no podrá incrementar los precios cobrados a los abonados por encima de un límite fijado como IPC-X. La X representa un porcentaje que será determinado anualmente por el Servicio de Defensa de la Competencia previo informe de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) .

Acuerdos estratégicos: Las empresas no están de acuerdo tampoco con la condición decimonovena fijada por el Gobierno, según la cual ni Sogecable ni las empresas que ostentan su control o las controladas por ella podrá suscribir acuerdos o alianzas de carácter estratégico con cualquier empresa del Grupo Telefónica y viceversa, en el ámbito de los medios de comunicación que excedan o no se correspondan con los incluidos en la operación.

Duración: Finalmente recurren la duración de las condiciones, fijada por el Gobierno en cinco años. Se señalaba además que las referidas al ámbito de ADSL será de obligado cumplimiento mientras Telefónica ostente una participación del 3 por ciento en Sogecable, durante cinco años.

FuenteN.P.
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