El TS ha estimado el recurso presentado por Canal Satélite Digital contra la sentencia de la Audiencia Nacional que requería atender la demanda del presidente del Consejo de la CMT de informarle sobre un acuerdo con Cableuropa del año 1999
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo ha estimado el recurso de casación presentado por Canal Satélite Digital contra la sentencia de la Audiencia Nacional que le requería a atender la demanda del presidente del Consejo de la CMT de informarle sobre un acuerdo de distribución de servicios audiovisuales con Cableuropa del año 1999.
En la sentencia, el Tribunal Supremo señala que el presidente de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) carece de competencia para solicitar información a Canal Satélite Digital sobre su acuerdo con Cableuropa, tal y como demandaba la empresa de televisión de pago, que consideraba que tal requerimiento sólo corresponde al propio Consejo.
El Supremo ya ha estimado recientemente otros recursos análogos presentados por Canal Satélite contra sentencias similares de la misma sala de la Audiencia Nacional. La información requerida a las empresas por el presidente del Consejo de la CMT hacía referencia a datos estructurales, de programación, audiencia, económicos y técnicos.